“Cuanto menos relación tengan las voluntades con
la voluntad general,
(…) las costumbres con las leyes, más
debe aumentar la fuerza represiva.”
Jean-Jacques Rousseau, Del Contrato social (1762)
Rousseau
dedicó el Libro II de CS al examen del poder legislativo (del soberano). El
Libro III, por su parte, está centrado en el análisis del poder ejecutivo y, en
especial, el tema de las formas de gobierno. Sin embargo, el tratamiento de la cuestión
excede dicha temática, y nuestro autor aborda una variedad de cuestiones conexas
tales como la problemática del gobierno en general, la relación entre forma de
gobierno y las condiciones de un país determinado, etc. Por razones de espacio,
el Libro III ha sido fraccionado en varias fichas; en la confección de cada una
de ellas nos hemos limitado a seguir la división de temas propuesta por el
autor.
Nota general:
En
la redacción utilicé abreviaturas, cuya lista se encuentra más abajo. Además,
puse entre corchetes mis comentarios al texto.
Nota bibliográfica:
Trabajé
con la traducción española de Mauro Armiño, incluida en: Rousseau, J.-J.
(2000). Del Contrato social. Discurso sobre
las ciencias y las artes. Discurso sobre el origen y los fundamentos de la
desigualdad entre los hombres. Madrid: Alianza. El Libro tercero se
encuentra en pp. 81-127.
Abreviaturas:
CS
= Del Contrato social.
Del gobierno en general
Rousseau
dedica todo el capítulo I del Libro III a la descripción del gobierno en
general.
El
cuerpo político está compuesto por el poder
legislativo, compuesto por el conjunto de los ciudadanos y que constituye
la voluntad del cuerpo; y el poder
ejecutivo, conformado por el cuerpo de funcionarios encargado de hacer
cumplir la voluntad del legislativo, que constituye la fuerza de dicho
cuerpo.
El
poder legislativo pertenece al pueblo, porque las leyes sólo pueden emanar de
la totalidad de los ciudadanos. El poder ejecutivo, en cambio, está conformado
por una parte de los ciudadanos, pues sus actos son particulares, no generales
como es el caso de las leyes.
¿Qué
es el gobierno?
“Un cuerpo intermediario
establecido entre los súbditos y el soberano para su mutua correspondencia,
encargado de la ejecución de las leyes, y del mantenimiento de la libertad,
tanto civil como política.” (p. 82).
Los
miembros del ejecutivo se llaman magistrados o reyes, y el conjunto de ellos es
el Príncipe. Rousseau se preocupa en dejar en claro que el poder ejecutivo:
“no es más que una comisión, un
empleo en el cual, simples oficiales del soberano, ejercen en su nombre el
poder de que los ha hecho depositarios, y que él puede limitar, modificar y
recuperar cuando le plazca, por ser incompatible la enajenación de tal derecho
con la naturaleza del cuerpo social y contraria al fin de la asociación.” (p.
82).
[La
soberanía reside en el pueblo. Si el poder ejecutivo asumiera funciones de
soberano, estaría usurpando algo que es patrimonio exclusivo del conjunto del
pueblo. Dicha usurpación derivaría en que el gobierno pasaría a representar los
intereses particulares de quienes lo detentan y/o de los grupos de poder
existentes en la sociedad. Rousseau insiste una y otra vez en defender la idea
de que la representación anula la libertad de los ciudadanos.]
Rousseau
distingue entre el soberano (el conjunto de los ciudadanos), el gobierno (el
cuerpo específico de funcionarios) y el Estado (la totalidad de la
organización). Su preocupación principal consiste en el establecimiento del
equilibrio entre los componentes del Estado, pues “si el soberano quiere
gobernar, o si el magistrado quiere dar leyes, o si los súbditos rehúsan
obedecer, el desorden sucede a la regla, la fuerza y la voluntad no obran ya de
concierto, y el Estado, disuelto, cae así en el despotismo o en la anarquía.”
(p. 83). El equilibro es fundamental, habida cuenta, además, que “los
ciudadanos (…) son soberanos por un lado [en tanto miembros del poder
legislativo] y súbdito por otro [en tanto miembros del Estado sometidos a la
voluntad general y obedientes a los actos de los funcionarios] (p. 83).
Rousseau
adelante una idea (que luego desarrollará en el capítulo VIII del presente
Libro). Sostiene que no “hay más que un gobierno bueno posible en cada Estado.
Pero como mil acontecimientos pueden
cambiar las relaciones de un pueblo, no sólo diferentes gobiernos pueden ser
buenos para diversos pueblos, sino para el mismo pueblo en diferentes épocas.”
(p. 83; el resaltado es mío – AM-]
[Así
como Aristóteles examinó la relación entre la composición social de una polis y las formas específicas que
adquirían a partir de ella la oligarquía o la democracia, Rousseau llega a la
conclusión de que no existe la forma de gobierno perfecta, sino que son las
relaciones de un pueblo las que condicionan las características de la forma de
gobierno.]
Ilustra
mediante el ejemplo del aumento de población la cuestión de las diversas
relaciones que pueden darse entre el soberano y el Estado. El aumento de la
población reduce el peso del sufragio de cada ciudadano en la toma de
decisiones, mientras que el Estado mantiene y, aún, aumenta su poder: “cuanto
más se agranda el Estado, más disminuye la libertad.” (p. 84).
[Rousseau
se ubica en la perspectiva de la libertad y la autonomía de cada ciudadano. Si
ambas son sacrificadas al aumento del poder del Estado, la libertad termina por
ser una ficción. Nuestro autor tiene presente en todo momento que el Estado es
un mecanismo de opresión.]
En
palabras de Rousseau,
“Cuanto menos relación tengan
las voluntades con la voluntad general, es decir, las costumbres con las leyes,
más debe aumentar la fuerza represiva. Por tanto, para ser bueno, el gobierno
debe ser relativamente más fuerte a medida que el pueblo sea más numeroso.” (p.
84).
[El
Estado, cuyo objetivo es preservar la propiedad privada (ver al respecto el
análisis de Rousseau en el Discurso sobre
el origen de la desigualdad entre los hombres, Segunda parte), tiene por
función la represión y debe incrementarla a medida que hay más personas a las
que debe controlar y reprimir. ]
El
desarrollo del Estado obliga al soberano a tomar medidas para contener al
gobierno.
“Al dar el agrandamiento del
Estado más tentaciones y medios de abusar de su poder a los depositarios de la
autoridad pública, cuanto más fuerza deba tener el gobierno para contener al
pueblo, más deberá tener a su vez el soberano para contener al gobierno. No
hablo aquí de una fuerza absoluta, sino de una fuerza relativa de las diversas
partes del Estado.” (p. 84).
De
lo anterior, Rousseau concluye que el aumento de la población es uno de los
factores que demuestra “que no hay constitución de gobierno única y absoluta,
sino que puede haber tantos gobiernos diferentes en naturaleza como Estados
diferentes en extensión.” (p. 85). Se preocupa en aclarar que esos diferentes
gobiernos no se derivan mecánicamente del cambio en el número de habitantes: “las
relaciones de que hablo no se miden sólo por el número de seres humanos, sino
en general por la cantidad de acción, que se combina por multitudes de causas (…)
la precisión geométrica no tiene cabida
en las cantidades morales.” (p. 85; el resaltado es mío – AM-).
[El
argumento de Rousseau es comprensible; sin embargo, su insistencia en utilizar
analogías geométricas complica la exposición, sobre todo para los lectores que
carecen de conocimientos matemáticos.]
La
siguiente ficha estará dedicada a la cuestión de la formas de gobierno
(capítulos II-VII del Libro III).
Parque
Avellaneda, lunes 2 de septiembre de 2019
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