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viernes, 27 de marzo de 2020

ROUSSEAU Y LAS CIENCIAS SOCIALES: NOTAS DE LECTURA



Irving Zeitlin es autor de un libro clásico sobre la historia de la sociología, Ideology and the Development of Sociological Theory (Englewood Cliffs: Prentince-Hall, 1968). Esta obra se caracteriza, entre otras cosas, por dedicarle un espacio considerable a los precursores de la sociología, es decir, a los autores que comenzaron a diferenciarse de la filosofía política y a elaborar un cuerpo teórico cuyo núcleo era el análisis del capitalismo, esa nueva forma de organización social que estaba reemplazando al feudalismo.
Entre los precursores se encuentra Jean-Jacques Rousseau (1712-1778). Zeitlin dedica el capítulo 3 de la obra a presentar los lineamientos principales de la teoría social de Rousseau; considera que las obras fundamentales del filósofo son: Discurso sobre las ciencias y las artes (1749); Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres (1753); Cartas a D’Alembert (1758); El contrato social (1762). Esta ficha es un resumen de dicho capítulo. [1]
Rousseau es uno de los grandes filósofos políticos; su influencia sobre la Revolución Francesa de 1789 es indiscutible [2]; también ejerció un influjo importante en el desarrollo del pensamiento socialista (no es tenemos espacio aquí para examinar el impacto de su pensamiento en el marxismo). [3] En esta ficha nos dedicaremos exclusivamente a su papel en el surgimiento de la moderna teoría social, tal como lo hace Zeitlin en su texto.
Zeitlin nos introduce en el tema:
“Rousseau fue un típico pensador del Iluminismo y compartió con sus contemporáneos varias premisas e ideales prerrevolucionarios. (…). La perfectibilidad del ser humano, su libertad y su felicidad, como asimismo el creciente dominio sobre su propio destino, todo dependía de una clara comprensión de las leyes de la naturaleza. Al igual que los otros philosophes, Rousseau creía que la naturaleza y la sociedad operaban de acuerdo con tales leyes; y como Montesquieu, que la sociedad puede apartarse de las exigencias de sus leyes naturales.” (p. 34).
Zeitlin divide su exposición en tres partes: en la primera describe el uso de la noción del estado de naturaleza; en la segunda analiza la cuestión del origen de la sociedad; por último, desarrolla la concepción del contrato social. En la ficha seguimos este orden de presentación de los temas.
Nota bibliográfica:
Para la redacción de esta ficha utilicé la traducción española de Néstor A. Míguez: Ideología y teoría sociológica. Buenos Aires: Amorrortu. (pp. 34-43).
Abreviaturas:
CC = Contrato social; EN = Estado de naturaleza; NH = Naturaleza humana; SH = Seres humanos (o ser humano)

El estado de naturaleza como herramienta metodológica:
Así como Montesquieu (1689-1755) desarrolló los tipos ideales como instrumento para el estudio comparativo de las sociedades, Rousseau retomó la noción de estado de naturaleza, elaborada en el siglo XVII por filósofos como Thomas Hobbes (1588-1679) y John Locke (1632-1704), y la empleó para comprender las características de la sociedad moderna. A diferencia de sus predecesores en el campo de la filosofía política, Rousseau consideraba que la organización social de su época oprimía a los SH, los privaba de su libertad, y por ello se lanzó a la aventura intelectual de indagar las causas que habían llevado a esta situación.
“El principal objetivo de Rousseau era (…) hallar un orden social cuyas leyes estuvieran en la máxima armonía con las leyes fundamentales de la naturaleza. Buscaba una alternativa del orden prevaleciente, el cual, a su juicio, impedía el perfeccionamiento del ser humano y hasta deformaba y violaba su naturaleza.” (p. 34).
Ahora bien, para poder cuestionar de manera fundamentada el orden social moderno, era preciso compararlo con una situación diferente. La comparación servía para desnaturalizar lo existente, para mostrar que las cosas podían ser de otra manera. Mientras que Montesquieu comparó la civilización europea con la asiática, Rousseau siguió otro camino: apeló al viejo concepto de EN, una situación presocial (anterior a cualquier forma de organización social). Su uso del concepto fue claramente metodológico:
“Se trataba de un esquema teórico hipotético, de un recurso heurístico mediante el cual podía despojarse teóricamente al ser humano de sus aspectos sociales y culturales. Esto brindaría un concepto del ser humano natural que podía servir como una especie de patrón para medir el grado de represión impuesto por una sociedad específica.” (p. 34-35).
Zeitlin remarca que Rousseau tenía en claro que jamás había existido el EN (no era una situación histórica). Su empleo de la noción puede considerarse como “un experimento intelectual en extremo imaginativo” (p. 35). [4]
¿Qué es el EN?
“El hombre natural no es más que el hombre despojado de lo que ha adquirido en sociedad. Imaginémoslo desprovisto de todas sus cualidades sociales, y lo que resta es el ser humano biopsicológico, o el ser humano reducido a lo que hubiera llegado a ser en caso de vivir realmente en el aislamiento.” (p. 35).       
La noción de EN rompía con la tradición intelectual inaugurada por el filósofo griego Aristóteles (384-322 a. C.), quien había afirmado que el ser humano era un ser social por naturaleza. Esta tradición sostenía que los seres humanos no podían vivir fuera de la sociedad. En el siglo XVII la tradición fue impugnada por los autores contractualistas. [5] En la actualidad sabemos que Aristóteles tenía razón, pues jamás existió nada semejante al EN. La especie humana es eminentemente social. Mucho tiempo después de Aristóteles, Marx retomó la idea del carácter social del ser humano:

“Individuos que producen en sociedad, o sea la producción de los individuos socialmente determinada: éste es naturalmente el punto de partida. (…) [El individuo aislado, base del EN] [es] un resultado histórico, [no] el punto de partida de la historia. (…) Cuanto más lejos nos remontamos en la historia, tanto más aparece el individuo – y por consiguiente también el individuo productor – como dependiente y formando parte de un todo mayor: en primer lugar y de una manera todavía muy enteramente natural, de la familia y de esa familia ampliada que es la tribu; más tarde, de las comunidades en sus distintas formas, resultado del antagonismo y de la fusión de las tribus. Solamente al llegar el siglo XVIII, con la sociedad civil, las diferentes formas de conexión social aparecen ante el individuo como un simple medio para lograr sus fines privados, como una necesidad exterior. El hombre es, en el sentido más literal, un animal político, no solamente un animal social, sino un animal que sólo puede individualizarse en la sociedad.” (p. 283; el resaltado es mío – AM-). [6]

No obstante, los contractualistas dieron en el clavo al defender el carácter social (no natural) de todas las instituciones humanas. La familia, la propiedad, el Estado, etc., no son naturales, sino el resultado de determinadas condiciones sociales, y cambian en la medida en que dichas condiciones se modifican. Nada es eterno ni inmutable en el ámbito de la sociedad. [7]
Pero postular la existencia del EN, así sea a modo de experimento intelectual, no resuelve la cuestión de cómo determinar cuáles son las características de la vida humana en dicho estado. Rousseau solucionó el problema utilizando dos herramientas: a) la razón; b) el conocimiento de la vida de los pueblos primitivos, aunque tiene en claro que los “salvajes” sólo dan una medida muy inexacta del EN, pues se hallan a una distancia histórica considerable de aquél, dado que viven en sociedad.
Zeitlin sintetiza así el procedimiento de Rousseau para construir el EN:
“Rousseau se planteó: ¿Qué experimentos sería menester realizar para descubrir al ser humano natural? ¿Y cómo pueden realizarse esos experimentos en el estado de sociedad? Tales experimentos serían sumamente difíciles, si no imposibles. Por ello sugiere algunas técnicas alternativas mediante las cuales abordar el problema. Una de ellas consiste en observar a los animales en su hábitat natural para enriquecer nuestra comprensión de la condición natural no influida por la sociedad. En segundo lugar, podemos estudiar a los pueblos primitivos, salvajes, pero recordando siempre que estos ya han adquirido un considerable patrimonio sociocultural. Por último, podríamos descontar todos los factores creados por el posterior desarrollo social del ser humano, tales como el lenguaje, y apartarlos de nuestro pensamiento. Así, Rousseau buscaba un patrón objetivo y no ideológico por medio del cual evaluar la sociedad.” (p. 36).
Con estas herramientas metodológicas, Rousseau construyó su noción de EN y pudo criticar a la sociedad de su tiempo, utilizando al EN como patrón para la comparación.
“Conociendo algo acerca de la naturaleza real del ser humano, razonaba [Rousseau], podemos inquirir si ciertas sociedades históricas se han adecuado o no a tal naturaleza. En el caso de concluir que un orden social particular es inadecuado, y por ende decidimos cambiarlo o reemplazarlo, el análisis del ser humano en EN nos brindará los principios que guiarán el proceso de cambio.” (p. 36).
A partir del procedimiento descripto en los párrafos precedentes, Rousseau estableció las características del EN, al que concibió:       
“Como un equilibrio perfecto entre las necesidades del ser humano y los recursos de que dispone: solo desea y necesita lo que se encuentra en su medio físico inmediato. Al igual que otros animales, tiene únicamente sensaciones, y carece de conocimiento y lenguaje. (…) Sus necesidades son muy simples y puramente físicas: alimento, pareja y reposo; no puede concebir el futuro y se orienta de manera exclusiva hacia el presente. El ser humano logra la armonía entre su naturaleza interna y la naturaleza externa mediante la satisfacción de todas sus necesidades. Las condiciones para el desarrollo están totalmente ausentes.” (p. 37).
El EN es, pues, un estado estacionario, durante el cual las cosas permanecen invariables durante un largo período. Mejor dicho, los cambios son mínimos y se dan, sobre todo, como consecuencia del aumento, lento pero paulatino, de la población. También se verifican cambios en el medio físico. Como quiera que sea, el SH sale del EN y pasa a la vida en sociedad.

El problema del origen de la sociedad:
Al producirse cambios en el medio físico y aumentar la población, las personas “se vieron forzadas a unirse y coordinar sus esfuerzos; podían hacerlo porque tenían la capacidad de vivir en sociedad” (p. 38).
El pasaje a la vida en sociedad fue un momento decisivo en la historia de la humanidad, pues significó el paso de la situación de animalidad, en la que los SH tenían que adaptarse sí o sí a las condiciones naturales, a una situación en la que podían “doblegar esas condiciones a su voluntad colectiva” (p. 38).
“Primero se formaron familias, que luego se unieron para formar sociedades; a medida que aprendieron a hablar, y con el lenguaje adquirieron la capacidad de acumular conocimientos y transmitirlo a sus hijos. El ser humano había inventado la cultura. En esta etapa no había aún desigualdad social alguna.” (p. 38).
El desarrollo de la agricultura y la ganadería, y la consiguiente división del trabajo, dieron paso a las primeras desigualdades sociales. Aparece la propiedad privada, paso crucial en la profundización de las desigualdades: surgen los ricos y los pobres. Los primero someten a los segundos. Como una parte de los pobres no se resigna a su condición, “el rico concibe un recurso del que todos podrán beneficiarse, pero el rico más que el pobre: se instituyen las leyes y surge la sociedad política.” (p. 39).
La sociedad política no tiene por objetivo el bien común; el Estado no es de todos. Su función primordial es proteger la propiedad.
“Los derechos, las obligaciones y las normas de la propiedad son productos de la sociedad, en la medida en que primera vez los seres humanos aprenden a actuar unos contra otros, a atacarse. La guerra no es un conflicto de hombres individuales en estado de naturaleza: es un fenómeno social. (…) Pero la agresión y la guerra también surgen dentro de la sociedad – es lo que pensadores posteriores llamaron conflicto de clases o guerra civil – y son el resultado de las desigualdades sociales. Las relaciones sociales entre las personas, en las que unos son ricos y otros pobres, algunos dominan y los restantes están en la servidumbre, también dan origen a la hostilidad y los conflictos entre ellos. Con el propósito de controlar esa guerra se establece el Estado civil.” (p. 39).
Rousseau sostiene que la vida en sociedad implica la ruptura del equilibrio existente en el EN  y está signada por el conflicto entre ricos y pobres. Más todavía, la sociedad tal como está constituida oprime y asfixia a los rasgos de la NH. Las personas dejan de sentir empatía por sus semejantes y se vuelven egoístas. Sin embargo, Rousseau no se oponía a la sociedad per se; consideraba que el SH era perfectible y, por tanto, que la sociedad podía ser transformada, hasta convertirla en un organización capaz de promover, y no de asfixiar, el desarrollo de las potencialidades de las personas.
“Según Rousseau, el ser humano es perfectible, y esto lo distingue de otros animales. La perfectibilidad sólo se realiza por medio de la vida social, pero el ser humano ya la poseía potencialmente en el estado de naturaleza. Con la sociedad, aparecen las desigualdades y surge el Estado civil. Este Estado es incompatible con el ser humano natural porque, lejos de permitirle su autorrealización, lo reprime y lo deforma. Al ser humano se le impidió alcanzar lo que podría haber sido, de existir condiciones sociales distintas.” (p. 40).
Rousseau sostiene que nuestra forma de organización social no es natural, sino que es el resultado del conflicto entre ricos y pobres. Esta organización promueve la desigualdad. Más aún, su función es perpetuarla. En definitiva, en el orden social existente en la Europa del siglo XVIII, el Estado expresaba la voluntad de los ricos. En términos de Rousseau, la voluntad general no era otra cosa que la voluntad de un grupo particular de individuos, los ricos, quienes acaparaban la riqueza de la sociedad. La voluntad de las personas quedaba subordinada a esa voluntad general. De ese modo, la sociedad oprimía al individuo en vez de garantizar su libertad.
De ahí que sea preciso reemplazarla por otra forma de sociedad, capaz de garantizar la libertad de los individuos y permitir el pleno desarrollo de las potencialidades de éstos.

El contrato social. La solución rousseauniana al problema de la desigualdad:
El CC es la respuesta de Rousseau al problema de reorganizar la sociedad.
“La nueva sociedad, o contrato social, permite la absorción del individuo en la voluntad común, general, sin perder su propia voluntad, porque al darse a esta voluntad común se da a una fuerza impersonal, en realidad, casi a una fuerza de la naturaleza.” (p. 42).
En vez de someterse a la voluntad de los ricos (convertida en voluntad general), en el CC cada persona acepta voluntariamente la autoridad del Estado, pues éste expresa tanto la voluntad general como la voluntad particular de cada individuo.
“Es ahora miembro de una sociedad de iguales; ha recuperado una igualdad que no es diferente de la que tenía en estado de naturaleza, pero bajo una nueva forma y en un nivel superior. Ahora la libertad y la igualdad no solo están resguardadas, sino que son más perfectas que en el estado de naturaleza. (…) El interés general se expresa en el hecho de que todos desean la felicidad de cada uno.” (p. 42).
Pero la concreción del CC presenta múltiples dificultades. Rousseau era consciente de ello. La existencia de la propiedad privada creaba desigualdad. Sin embargo, Rousseau no era partidario de su abolición. Ello multiplicaba los problemas para la puesta en práctica del CC.
“En la nueva sociedad (…), la soberanía es inalienable e indivisible. Pero reconocía la imposibilidad de que en la práctica se diera una democracia sin representantes y sin la delegación de poderes, salvo en una comunidad pequeña. Comprendía que la fuerza del gobierno, aunque se titulara fuerza pública y aunque declarara representar la voluntad general, podía usurpar el poder y actuar contra el bien común. El gobierno es una amenaza constante para la libertad del ser humano, pero es indispensable; es el elemento corruptor de la sociedad y continuamente amaga socavar la soberanía del pueblo. (…) Si el gobierno que la democracia requiere constituye una amenaza constante para esta, entonces la aristocracia podría ser la mejor forma de gobierno. Este parecía ser el mejor compromiso entre la democracia y la monarquía. La aristocracia debía ser un gobierno compuesto por una minoría elegida sobre la base de la edad y la experiencia. Pero aun este caso, la sabiduría y la paciencia divinas deberán guiar a los gobernantes. (…) la nación tampoco debe ser tan grande que carezca de homogeneidad, pues cuando esta se halla ausente es imposible el surgimiento de una voluntad general. Tampoco debe ser tan pequeña que no pueda mantenerse.” (p. 42).
Zeitlin resume así la contribución de Rousseau a la teoría social moderna, en especial a la sociología:
“Gracias a la atención que prestó al «hombre natural» y al recurso metodológico que empleó para deducirlo, logró una exacta concreción de la cultura, de lo que el ser humano adquiere en sociedad, por ella y de ella. Asimismo, fue uno de los primeros en estudiar de manera relativamente sistemática los orígenes, las formas y las consecuencias de la desigualdad social. Comprendió claramente que la existencia de clases y los conflictos entre éstas influyen sobre todos los aspectos de la vida de las personas. La desigualdad tiene consecuencias inhumanas definidas y engendra la lucha y la guerra entre las distintas sociedades, y dentro de ellas. Por último, vio las posibilidades del cambio. Debe haber un modo, creía, de cambiar o remodelar la sociedad que el ser humano mismo ha creado pero donde ya no es su propio amo.” (p. 43).
A esta síntesis hay que agregarle que Rousseau vio como nadie las limitaciones de la democracia burguesa, mucho antes de que ésta se plasmara en la práctica. Teórico de una democracia directa, cuyo órgano fundamental debía ser la asamblea, el filósofo ginebrino tuvo en claro las dificultades insolubles implicadas en la constitución de una democracia radical en el marco de una sociedad basada en la propiedad privada. En este caso, su mérito reside en la percepción de esas dificultades antes que en las soluciones propuestas.

Villa del Parque, viernes 27 de marzo de 2020


NOTAS:
[1] Con este capítulo concluye la Parte I de la obra de Zeitlin, dedicada al Iluminismo.
[2] El historiador Albert Soboul (1914-1982), en su biografía sobre el gran revolucionario Maximilien Robespierre (1758-1794), escribió lo siguiente: “Se alimentaba de Plutarco y de la historia de la antigüedad. Pero la influencia del Iluminismo no fue menor; la de Rousseau en primer término, como lo demostraban sus ideales políticos y la fuerza elocuente de su convicción, así como su sensibilidad mal contenida y el espíritu religioso que manifestó públicamente el año II con la proclamación del culto del Ser Supremo.” (Albert Soboul, Robespierre, Buenos Aires, Centro Editor de América Latina, s. f., p. 7).
[3] En este sentido, es interesante confrontar el análisis rousseauniano de la contradicción entre la voluntad general y la voluntad particular, con el célebre artículo de Karl Marx (1818-1883), “La cuestión judía” (1844). En el CC, Rousseau intenta resolver el problema de encontrar una forma de gobierno que permita la conciliación de la voluntad general (el Estado) y la voluntad particular (la de cada uno de los individuos que componen la sociedad). Las condiciones requeridas para lograr esa conciliación y asegurar la libertad son tan rigurosas que hacen imposible la concreción en la práctica de la democracia. Sin quererlo, Rousseau termina en un callejón sin salida, al marcar los límites de la democracia con propiedad privada. Marx, sin mencionar a Rousseau, plantea el problema de manera diferente. Marx describe los límites de la emancipación política (la revolución burguesa) y concluye que ésta sólo puede asegurar las libertades formales de los individuos, sin suprimir la desigualdad generada por la propiedad privada de los medios de producción. En vez de ensayar fórmulas imposibles para lograr la vigencia de la libertad en la sociedad burguesa, Marx sostiene que es preciso abolir la propiedad privada y que este es el contenido de la emancipación humana (la revolución socialista).
[4] Zeitlin escribe más adelante: “Al referirse al «estado de naturaleza», por consiguiente, Rousseau no describía una edad de oro perdida; más bien proponía un recurso metodológico capaz de poner al desnudo los componentes de la estructura psicológica básica del ser humano.” (p. 36). En esta ficha no corresponde referirse a las condiciones sociales que posibilitaron la construcción de la noción de EN. Basta con transcribir las palabras de Marx en su Introducción a los Grundrisse: “Solamente al llegar el siglo XVIII, con la «sociedad civil», las diferentes formas de conexión social aparecen ante el individuo como un simple medio para lograr sus fines privados, como una necesidad exterior. Pero la época que genera este punto de vista, esta idea del individuo aislado, es precisamente aquella en la cual las relaciones sociales (generales según este punto de vista) han llegado al más alto grado de desarrollo alcanzado hasta el presente.” (K. Marx, “Introducción general a la Crítica de la economía política (1857)”, incluida en K. Marx, Contribución a la crítica de la economía política, México, Siglo XXI, 2000, p. 283).
[5] Los filósofos contractualistas (Hobbes, Locke, Rousseau) afirmaban que la sociedad era una construcción artificial, surgida de un pacto o contrato convenido entre los individuos. Ese pacto venía a poner punto final al EN, una situación en la que las personas vivían fuera de toda organización social.
[6] K. Marx, “Introducción general a la Crítica de la economía política (1857)”, incluida en K. Marx, Contribución a la crítica de la economía política, México, Siglo XXI, 2000, p. 283
[7] Una formulación clásica del carácter transitorio de las instituciones sociales (referida a la sociedad capitalista) se encuentra en el Manifiesto del partido comunista: “Una revolución continua en la producción, una incesante conmoción de todas las condiciones sociales, un movimiento y una inseguridad constantes distinguen la época burguesa de todas las anteriores.” (K. Marx y F. Engels, Manifiesto del partido comunista, Buenos Aires, Anteo, 1986, p. 38-39).


lunes, 2 de septiembre de 2019

ROUSSEAU Y LA DISTINCIÓN ENTRE SOBERANO Y GOBIERNO



“Cuanto menos relación tengan las voluntades con la voluntad general,
(…) las costumbres con las leyes, más debe aumentar la fuerza represiva.”
Jean-Jacques Rousseau, Del Contrato social (1762)

Rousseau dedicó el Libro II de CS al examen del poder legislativo (del soberano). El Libro III, por su parte, está centrado en el análisis del poder ejecutivo y, en especial, el tema de las formas de gobierno. Sin embargo, el tratamiento de la cuestión excede dicha temática, y nuestro autor aborda una variedad de cuestiones conexas tales como la problemática del gobierno en general, la relación entre forma de gobierno y las condiciones de un país determinado, etc. Por razones de espacio, el Libro III ha sido fraccionado en varias fichas; en la confección de cada una de ellas nos hemos limitado a seguir la división de temas propuesta por el autor.
Nota general:
En la redacción utilicé abreviaturas, cuya lista se encuentra más abajo. Además, puse entre corchetes mis comentarios al texto.
Nota bibliográfica:
Trabajé con la traducción española de Mauro Armiño, incluida en: Rousseau, J.-J. (2000). Del Contrato social. Discurso sobre las ciencias y las artes. Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres. Madrid: Alianza. El Libro tercero se encuentra en pp. 81-127.
Abreviaturas:
CS = Del Contrato social.

Del gobierno en general
Rousseau dedica todo el capítulo I del Libro III a la descripción del gobierno en general.
El cuerpo político está compuesto por el poder legislativo, compuesto por el conjunto de los ciudadanos y que constituye la voluntad del cuerpo; y el poder ejecutivo, conformado por el cuerpo de funcionarios encargado de hacer cumplir la voluntad del legislativo, que constituye la fuerza de dicho cuerpo. 
El poder legislativo pertenece al pueblo, porque las leyes sólo pueden emanar de la totalidad de los ciudadanos. El poder ejecutivo, en cambio, está conformado por una parte de los ciudadanos, pues sus actos son particulares, no generales como es el caso de las leyes.
¿Qué es el gobierno?
“Un cuerpo intermediario establecido entre los súbditos y el soberano para su mutua correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes, y del mantenimiento de la libertad, tanto civil como política.” (p. 82).
Los miembros del ejecutivo se llaman magistrados o reyes, y el conjunto de ellos es el Príncipe. Rousseau se preocupa en dejar en claro que el poder ejecutivo:
“no es más que una comisión, un empleo en el cual, simples oficiales del soberano, ejercen en su nombre el poder de que los ha hecho depositarios, y que él puede limitar, modificar y recuperar cuando le plazca, por ser incompatible la enajenación de tal derecho con la naturaleza del cuerpo social y contraria al fin de la asociación.” (p. 82).
[La soberanía reside en el pueblo. Si el poder ejecutivo asumiera funciones de soberano, estaría usurpando algo que es patrimonio exclusivo del conjunto del pueblo. Dicha usurpación derivaría en que el gobierno pasaría a representar los intereses particulares de quienes lo detentan y/o de los grupos de poder existentes en la sociedad. Rousseau insiste una y otra vez en defender la idea de que la representación anula la libertad de los ciudadanos.]
Rousseau distingue entre el soberano (el conjunto de los ciudadanos), el gobierno (el cuerpo específico de funcionarios) y el Estado (la totalidad de la organización). Su preocupación principal consiste en el establecimiento del equilibrio entre los componentes del Estado, pues “si el soberano quiere gobernar, o si el magistrado quiere dar leyes, o si los súbditos rehúsan obedecer, el desorden sucede a la regla, la fuerza y la voluntad no obran ya de concierto, y el Estado, disuelto, cae así en el despotismo o en la anarquía.” (p. 83). El equilibro es fundamental, habida cuenta, además, que “los ciudadanos (…) son soberanos por un lado [en tanto miembros del poder legislativo] y súbdito por otro [en tanto miembros del Estado sometidos a la voluntad general y obedientes a los actos de los funcionarios] (p. 83).
Rousseau adelante una idea (que luego desarrollará en el capítulo VIII del presente Libro). Sostiene que no “hay más que un gobierno bueno posible en cada Estado. Pero como mil acontecimientos pueden cambiar las relaciones de un pueblo, no sólo diferentes gobiernos pueden ser buenos para diversos pueblos, sino para el mismo pueblo en diferentes épocas.” (p. 83; el resaltado es mío – AM-]
[Así como Aristóteles examinó la relación entre la composición social de una polis y las formas específicas que adquirían a partir de ella la oligarquía o la democracia, Rousseau llega a la conclusión de que no existe la forma de gobierno perfecta, sino que son las relaciones de un pueblo las que condicionan las características de la forma de gobierno.]
Ilustra mediante el ejemplo del aumento de población la cuestión de las diversas relaciones que pueden darse entre el soberano y el Estado. El aumento de la población reduce el peso del sufragio de cada ciudadano en la toma de decisiones, mientras que el Estado mantiene y, aún, aumenta su poder: “cuanto más se agranda el Estado, más disminuye la libertad.” (p. 84).
[Rousseau se ubica en la perspectiva de la libertad y la autonomía de cada ciudadano. Si ambas son sacrificadas al aumento del poder del Estado, la libertad termina por ser una ficción. Nuestro autor tiene presente en todo momento que el Estado es un mecanismo de opresión.]
En palabras de Rousseau,
“Cuanto menos relación tengan las voluntades con la voluntad general, es decir, las costumbres con las leyes, más debe aumentar la fuerza represiva. Por tanto, para ser bueno, el gobierno debe ser relativamente más fuerte a medida que el pueblo sea más numeroso.” (p. 84).
[El Estado, cuyo objetivo es preservar la propiedad privada (ver al respecto el análisis de Rousseau en el Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres, Segunda parte), tiene por función la represión y debe incrementarla a medida que hay más personas a las que debe controlar y reprimir. ]
El desarrollo del Estado obliga al soberano a tomar medidas para contener al gobierno.
“Al dar el agrandamiento del Estado más tentaciones y medios de abusar de su poder a los depositarios de la autoridad pública, cuanto más fuerza deba tener el gobierno para contener al pueblo, más deberá tener a su vez el soberano para contener al gobierno. No hablo aquí de una fuerza absoluta, sino de una fuerza relativa de las diversas partes del Estado.” (p. 84).
De lo anterior, Rousseau concluye que el aumento de la población es uno de los factores que demuestra “que no hay constitución de gobierno única y absoluta, sino que puede haber tantos gobiernos diferentes en naturaleza como Estados diferentes en extensión.” (p. 85). Se preocupa en aclarar que esos diferentes gobiernos no se derivan mecánicamente del cambio en el número de habitantes: “las relaciones de que hablo no se miden sólo por el número de seres humanos, sino en general por la cantidad de acción, que se combina por multitudes de causas (…) la precisión geométrica no tiene cabida en las cantidades morales.” (p. 85; el resaltado es mío – AM-).
[El argumento de Rousseau es comprensible; sin embargo, su insistencia en utilizar analogías geométricas complica la exposición, sobre todo para los lectores que carecen de conocimientos matemáticos.]
La siguiente ficha estará dedicada a la cuestión de la formas de gobierno (capítulos II-VII del Libro III).

Parque Avellaneda, lunes 2 de septiembre de 2019

lunes, 9 de septiembre de 2013

ROUSSEAU Y LAS CONTRADICCIONES DE LA DEMOCRACIA MODERNA: COMENTARIOS AL LIBRO I DEL CONTRATO SOCIAL





“Se me preguntará si soy príncipe o legislador para escribir sobre la Política.
Respondo que no, y que por eso es por lo que escribo sobre la Política
Si fuera príncipe o legislador, no perdería mi tiempo en decir lo que hay
que hacer; lo haría, o me callaría.”
Jean-Jacques Rousseau

A esta altura del partido resulta inútil y pretencioso justificar la importancia de la obra de Jean-Jacques Rousseau (1712-1778). Por tanto, el texto que sigue no es otra cosa que una síntesis, arbitraria como toda síntesis, del argumento del Libro I de la obra. (1).

Ante todo, dos palabras sobre el contexto en que fue escrita la obra. Del contrato social se inscribe, por su fecha de publicación (2), en el ciclo de las revoluciones burguesas. De ahí la importancia que concede Rousseau al problema de cómo justificar un nuevo orden político, basado en la convención y no en el derecho divino de los reyes. Pero también, y en esto reside a nuestro juicio el mayor mérito de la obra, Rousseau percibe la contradicción entre la voluntad particular y la voluntad general en el marco de una sociedad en la que la producción mercantil se transformaba en producción capitalista. En otras palabras, en toda la obra subyace la tensión insuperable entre una voluntad particular centrada en la búsqueda egoísta del beneficio y una voluntad general orientada hacia la satisfacción del interés de toda la sociedad. En este sentido, cabe decir que Del contrato social sigue gozando de actualidad a pesar del tiempo transcurrido desde su redacción.

Nuestro autor formula del siguiente modo el problema: 

“El hombre ha nacido libre, y por doquiera está encadenado. Hay quien se cree amo de los demás, cuando no deja de ser más esclavo que ellos. ¿Cómo se ha producido este cambio? Lo ignoro. ¿Qué es lo que puede hacerlo legítimo? Creo poder resolver esta cuestión.” (p. 26).

Por tanto: 

“Quiero averiguar si en el orden civil puede haber alguna regla de administración legítima y segura, tomando a los hombres tal como son; y a las leyes tal como pueden ser” (p. 25).

Rousseau comienza su análisis partiendo de dos supuestos: por un lado, el hombre es por esencia un ser libre; por otro lado, las instituciones políticas existentes suprimen esa libertad original y la transforman en su contrario, la esclavitud. Es por ello que su objetivo es encontrar instituciones que permitan hacer efectiva esa libertad natural de los seres humanos. Esta búsqueda es posible porque las instituciones no tienen su origen en dios o en la naturaleza, sino que son producto de la convención

“…el orden social es un derecho sagrado que sirve de base a todos los demás. Sin embargo, tal derecho no viene de la naturaleza: está, pues, basado en las convenciones.” (p. 26).

Pero antes de comenzar el análisis de las convenciones que dan origen al orden social, Rousseau se dedica a examinar otras fuentes posibles de legitimidad, en lo que constituye una verdadera demolición de los fundamentos ideológicos de la monarquía absolutista. En esta tarea, se ve obligado a refutar las argumentaciones de autores como Aristóteles, quien 

“había dicho también que en modo alguno son naturalmente iguales los hombres, sino que unos nacen para la esclavitud y otros para la dominación.” (p. 28); 

o el jurista Grocio (1583-1645), uno de los teóricos más importantes del Estado absolutista:

“Grocio niega que todo poder humano esté establecido en favor de aquellos que son gobernados: cita la esclavitud como ejemplo. Su manera más constante de razonar es establecer siempre el derecho por el hecho.” (p. 27).

Rousseau concentra su argumentación en la refutación de la fuerza como fuente de legitimidad del orden social. Su punto de partida es el reconocimiento de la libertad natural de los seres humanos:

“Renunciar a su libertad es renunciar a su cualidad de hombre, a los derechos de la humanidad, incluso a sus deberes. No  hay compensación posible para quien renuncia a todo. Semejante renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre, y es privar de toda moralidad a sus acciones el privar a su voluntad de toda libertad.” (p. 32).

La libertad es un atributo fundamental de la esencia humana. Sin ella, no es posible la moralidad, pues la moralidad requiere la posibilidad de elección, y sólo los seres libres están en condiciones de elegir, pues la libertad supone autonomía de la persona. Un esclavo no es moral en el sentido de que no es autónomo, sus decisiones son tomadas por su amo. La ausencia de libertad impide que el orden social sea legítimo, pues implica negar la naturaleza humana. En otras palabras, la legitimidad del orden social requiere la libertad.

Dicho esto, Rousseau señala que Aristóteles, al justificar la esclavitud, toma el efecto por la causa: un esclavo nacido esclavo nace para la esclavitud. Pero esto no nos dice nada acerca de la causa de la esclavitud; Aristóteles sólo está afirmando que la esclavitud se perpetúa a sí misma. 

Pero, ¿cuál es el origen de la esclavitud?

“La fuerza hizo los primeros esclavos, su cobardía los ha perpetuado.” (p. 29).

Hay que resaltar que el enfoque rousseauniano va más allá del individualismo metodológico esencialista propio de los contractualistas. Su crítica de la esclavitud tiene un carácter histórico, en el sentido de que la esclavitud sólo puede basarse en la fuerza, en un hecho histórico original por el que un pueblo somete a otro.

La crítica del derecho del más fuerte contenida en el capítulo III del Libro I se resume en el siguiente pasaje: 

“El más fuerte nunca es bastante fuerte para ser siempre el amo si no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en deber. De ahí el derecho del más fuerte (…) La fuerza es un poder físico; no veo qué moralidad puede resultar de sus efectos. Ceder a la fuerza es un acto de necesidad, no de voluntad; es todo lo más un acto de prudencia. ¿En qué sentido podrá ser un deber?” (p. 29).

La fuerza no crea legitimidad ni moralidad, dado que las personas se ven obligadas a obedecer a quien posee las armas. La violencia impide la libertad y anula todo consentimiento. Además, la fuerza puede ser contrarrestada por una fuerza mayor: 

“tan pronto como sea la fuerza la que haga el derecho, el efecto cambia con la causa; toda fuerza que supere a la primera, sucede a su derecho.” (p. 30).

En otras palabras:

“¿qué derecho es ése que perece cuando la fuerza cesa? Si hay que obedecer por la fuerza, no hay necesidad de obedecer por deber, y si uno ya no está forzado a obedecer, ya no está obligado a ello.” (p. 30).

La refutación de la fuerza como elemento creador de legitimidad del orden social es fundamental en la argumentación rousseauniana, pues a partir de ella puede avanzar sobre la discusión de la legitimidad de la monarquía absoluta. Aquí Grocio es otra vez el elegido para iniciar la crítica:

“Si un particular, dice Grocio, puede enajenar su libertad y hacerse esclavo de un amo, ¿por qué no podría enajenar la suya todo un pueblo y hacerse súbdito de un rey?” (p. 31).

Rousseau equipara la explicación de la legitimidad de la monarquía absoluta con la legitimidad de la esclavitud según Aristóteles. El caso es el mismo, en tanto la enajenación de la libertad de los súbditos es tan ilegítima como la supresión de la libertad en la esclavitud; ambas atentan contra la naturaleza humana, pues la libertad es inseparable de la cualidad de ser humano.

La crítica de Rousseau se extiende a la guerra, pues toma el derecho de conquista como una variante del derecho del más fuerte: 

“…es evidente que este pretendido derecho de matar a los vencidos no deriva en modo alguno del estado de guerra. Por la sola razón de que, viviendo los hombres en su primitiva independencia, no tienen entre sí relación lo suficientemente constante para constituir ni el estado de paz ni el estado de guerra, no son naturalmente enemigos. Es la relación de las cosas, y no de los hombres, lo que constituye la guerra, y al no poder nacer el estado de guerra de las simples relaciones personales, sino sólo de las relaciones reales, la guerra privada o de hombre a hombre no puede existir ni en el estado de naturaleza en que no existe propiedad constante, ni en el estado social en que todo está bajo la autoridad de las leyes.” (p 33).

Corresponde señalar que Rousseau niega el carácter natural de la guerra (hay una crítica implícita a Hobbes, quien había afirmado que el estado de naturaleza era un estado de guerra de todos contra todos), y sostiene que la misma es producto de las cosas, es decir, de la propiedad. La guerra es, pues, el resultado de la civilización y no de la esencia de los seres humanos.

“La guerra no es, pues, una relación de hombre a hombre, sino una relación de Estado a Estado, en la que los particulares son enemigos sólo accidentalmente, y no como hombres, ni siquiera como ciudadanos, sino como soldados; no como miembros de la patria, sino como sus defensores.” (p. 34).

La guerra puede ocasionar la derrota de un Estado, pero no la esclavización de los habitantes del país vencido. En todo caso, la guerra ocasiona el sometimiento de los vencidos, pero solamente mientras carezcan de la fuerza suficiente para sacarse de encima a los vencedores. La opinión de Rousseau es lapidaria: la conquista, lejos de terminar con la guerra, la perpetúa hasta tanto no cese la negación de la libertad de los vencidos. 

“Lejos, pues, de haber adquirido sobre él alguna autoridad vinculada a la fuerza, el estado de guerra subsiste entre ellos como antes, su relación misma es efecto de él, y el uso del derecho de guerra no supone ningún tratado de paz. Han hecho un convenio: sea, pero ese convenio, lejos de destruir el estado de guerra, supone su continuidad.” (p. 36).

No es necesario insistir sobre el carácter subversivo de este pasaje en función del análisis de la relación entre las metrópolis y las colonias. La conquista no crea la paz, sino que mantiene el estado de guerra. La monarquía absoluta no puede sostenerse, desde el punto de vista ideológico, ni en el supuesto derecho del más fuerte ni en su variante, el derecho de conquista. Tampoco puede basarse en la enajenación perpetua de la libertad de los súbditos.
La convención, esto es, el acuerdo libremente consentido entre las personas, es la única base de la legitimidad. Ahora bien, si se acepta el principio de la libertad natural, el contrato debe incluir necesariamente el respeto a dicha libertad:

“«Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja de toda la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca, sin embargo, más que a sí mismo y quede tan libre como antes.» Tal es el problema fundamental al que da solución al contrato social.” (p. 38).

¿Cómo se concreta el contrato? La respuesta rousseauniana es la siguiente:

“Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general; y nosotros recibimos corporativamente a cada miembro como parte indivisible del todo.” (p. 39).

El contrato social es la convención que debe “desencadenar” a los seres humanos, garantizando y fortaleciendo la libertad natural mediante su transformación en “libertad convencional” (p. 39). 

Pero para que esa libertad convencional sea efectiva es necesario lograr la identidad entre voluntad general y voluntad particular. En este punto Rousseau llega al problema central de la democracia moderna: la imposibilidad de garantizar la identidad entre lo particular y lo general en el marco de una sociedad basada en la propiedad privada. El egoísmo, fruto de la división entre propietarios y no propietarios, engendra la fragmentación de los individuos, cuyo interés resulta irreductible a un interés general orientado hacia el bien común. Más aún, en una sociedad de propietarios privados que tiende a la concentración de la propiedad, el interés común es imposible en la medida en que subsiste y se ahonda la diferencia entre poseedores y no poseedores; si cabe hablar de voluntad general, ésta solo puede ser la voluntad de los propietarios. En el Libro I, Rousseau expresa la contradicción entre lo general y lo particular en un pasaje antológico: 


“cada individuo puede, como hombre, tener una voluntad particular contraria o diferente de la voluntad general que tiene como ciudadano. Su interés particular puede hablarle de forma muy distinta que el interés común (…) A fin, pues, de que el pacto social no sea un vano formulario, implica tácitamente el compromiso, el único que puede dar fuerza a los demás, de que quien rehúse obedecer a la voluntad general será obligado a ello por todo el cuerpo: lo cual no significa sino que se le forzará a ser libre; porque esa es la condición  que, dando cada ciudadano a la patria, le garantiza de toda dependencia personal; condición que constituye el artificio y el juego de la máquina política, y la única que hace legítimos los compromisos civiles” (p. 42; el resaltado es mío – AM-).

El “se le forzará a ser libre” constituye la admisión más franca de la imposibilidad de hacer concordar la voluntad general y la voluntad particular en una sociedad estructurada en torno a la economía mercantil. La grandeza de Rousseau se encuentra no tanto en las soluciones que propone, sino en las contradicciones que señala en el orden social.

El tratamiento de la propiedad es una muestra de la centralidad de la tensión entre voluntad general y voluntad particular. Mientras que Locke consideraba que la sociedad política tenía como objetivo primordial la preservación de la propiedad y que esta última era anterior al pacto, Rousseau subordina la propiedad individual a la voluntad general. 

“el derecho que cada particular tiene a su propio fondo está siempre subordinado al derecho que la comunidad tiene sobre todos, sin lo cual no habría en ella ni solidez en el vínculo social, ni fuerza real en el ejercicio de la soberanía.” (p. 48).

Lo dicho en el pasaje anterior no debe entenderse como una negación de la propiedad. Rousseau afirma que el contrato social convierte a la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza y el derecho del primer ocupante, en propiedad, que es legítima en tanto emana de un título positivo (p. 44). Pero la legitimidad de la propiedad no se deriva del estado de naturaleza, sino que es el resultado del contrato. Sólo la voluntad general puede hacer legítima a la propiedad. Hay aquí una diferencia notable de acento respecto a contractualistas como Locke, para quienes el poder político es una manifestación “artificial”, en tanto que la propiedad forma parte de la naturaleza de los seres humanos. Rousseau, quien dicho sea de paso no niega de ningún modo a la propiedad, concibe a la sociedad política emanada del contrato como el único medio para volver humanos a los hombres, puesto que ella genera la libertad moral

“podría añadirse a la adquisición del estado civil la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es libertad.” (p. 44).

Es decir que el contrato social es la única forma de garantizar la autonomía de los seres humanos, al crear las condiciones para que puedan decidir efectivamente por sí mismos. En Rousseau, la libertad y la igualdad naturales de los seres humanos se concretan sólo en el contrato. Esto es una manera distinta de decir que es la sociedad la que crea la libertad, que es en sí misma un vínculo social y no un atributo de la esencia humana (aunque Rousseau no estaría de acuerdo con esta última afirmación).

En el artículo siguiente procederé a comentar el Libro II de la obra.


Villa Jardín, lunes 9 de septiembre de 2013

NOTAS:

(1) Para la redacción de este trabajo utilicé la traducción española de Mauro Armiño: Rousseau, Jean-Jacques. (2000) [1° edición: 1762]. Del contrato social. Madrid: Alianza. 

(2) La primera edición data de 1762. Ese mismo año, el libro fue prohibido en Francia, donde también fue ordenada la detención de Rousseau, por la publicación del Emilio. La Sorbona y el Parlamento de París ordenaron la quema de ambos libros. También en 1762 el Contrato fue prohibido en Ginebra. Rousseau escapó a duras penas de ser detenido.