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viernes, 7 de mayo de 2021
MARX Y LAS CIENCIAS SOCIALES
viernes, 16 de abril de 2021
WEBER Y LA SOCIOLOGÍA DE LA DOMINACIÓN: LOS TIPOS PUROS DE LA DOMINACIÓN LEGÍTIMA
“Toda
la historia del desarrollo del Estado moderno (…) se identifica
con
la de la moderna burocracia y de la empresa burocrática.”
Max
Weber
Max Weber
(1864-1920) dedica el cap. IX de la Segunda parte de su obra Economía y sociedad al desarrollo de la Sociología de la dominación.
Esta ficha
aborda una parte de ese capítulo, el apartado “Los tres tipos puros de la
dominación legítima” (pp. 706-716).
Para la
redacción de esta ficha utilicé la traducción española de José Medina
Echavarría, Juan Roura Parella, Eugenio Ímaz, Eduardo García Máynez y José
Ferrater Mora: Weber, M. (1998). Economía y sociedad: Esbozo de sociología
comprensiva. México D. F.: Fondo de Cultura Económica. xxiv, 1245 p.
(Sección de Obras de Sociología). Salvo indicación en contrario, todas las
citas textuales fueron tomadas de la mencionada edición. Por último, mis
comentarios – cuando se desvían demasiado del sentido o el desarrollo del texto
original – van entre corchetes.
Legitimidad y dominación:
El profesor
Weber formula la definición de dominación
al comienzo de EyS. Allí afirma que,
“Por dominación debe entenderse la
probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido
entre personas dadas” (p. 43)
Sin embargo, es
mucho más adelante cuando se ocupa de la cuestión de los motivos por los que las
personas prestan obediencia a una determinada dominación. Es cierto que la
obediencia puede deberse a consideraciones utilitarias (evaluación de las
ventajas y desventajas que conlleva obedecer un orden dado), a la mera
costumbre o al afecto del súbdito. Pero Weber acota que una dominación fundada
en los motivos anteriores sería “relativamente inestable”. Para que la
dominación se fortalezca es preciso que se desarrolle alguna forma de legitimidad, esto es, la creencia de
que el orden establecido es legítimo y que, por tanto, debe ser obedecido.
Existen tres
formas puras de motivos de legitimidad,
que serán esbozadas a continuación. [1] Cada una de ellas “se halla
enlazada - en el tipo puro – con una
estructura sociológica fundamentalmente distinta del cuerpo y de los medios
administrativos” (p. 707).
Dominación legal en virtud de estatuto: (pp. 707-708)
Es la dominación
propia de la Modernidad. Su tipo más puro es la dominación burocrática, definida del siguiente modo:
“Su idea básica es: que cualquier
derecho puede crearse y modificarse por medio de un estatuto sancionado
correctamente en cuanto a la forma. (…) Se obedece, no a la persona en virtud
de su derecho propio sino a la regla estatuida, la cual establece al propio
tiempo a quién y en qué medida se deba obedecer.” (p. 707)
También la persona que manda obedece, al dar
una orden, a una regla fijada en una norma formalmente
abstracta, es decir, a una regla que no toma en consideración a los
individuos. Así, el que manda es el “superior”,
“cuyo derecho de mando está legitimado
por una regla estatuida, en el marco
de una «competencia concreta», cuyas
delimitación y especialización se fundan en la utilidad objetiva y en las
exigencias profesionales puestas a la actividad del funcionario.” (p. 707).
En definitiva,
tanto el mando como la obediencia están establecidos en reglas formales, que
pretenden abarcar todos los casos posibles en la relación de obediencia.
El tipo de
funcionario es el funcionario de
formación profesional. En el ideal (por eso hablamos de tipo puro):
“Su administración es trabajo profesional en virtud del deber objetivo del cargo; su ideal es
disponer (…) sin la menor influencia de motivos personales y sin influencias
sentimentales de ninguna clase, libre de arbitrariedad y de capricho y, en
particular, «sin consideración de la personalidad», de modo estrictamente
formal según reglas racionales o bien, allí donde éstas fallan, según puntos de
conveniencia «objetiva».” (p. 707)
Estos
funcionarios profesionales se ordenan en una jerarquía de cargos y existe un
derecho de queja reglamentado. Su fundamento es la disciplina del servicio.
Es importante
señalar que el tipo de dominación legal abarca la estructura moderna del Estado
y el municipio, la relación de dominio en una empresa capitalista privada, en
una asociación de finalidad utilitaria, etc. Su difusión va de la mano con la
necesidad de “administrar un equipo numeroso y jerárquicamente articulado” (p.
707). [2]
La dominación
burocrática es el tipo más puro de dominación legal; nunca se la encuentra en
estado puro, “pues ninguna es ejercida únicamente por funcionarios contratados”
(p. 708). En las organizaciones políticas los cargos más altos son desempeñados
por monarcas (soberanos carismáticos hereditarios), presidentes elegidos por el
pueblo (señores carismáticos plebiscitados) o por una corporación parlamentaria.
Tampoco el cuerpo administrativo es exclusivamente burocrático. Pero a pesar de
la multiplicidad de situaciones existentes:
“Lo determinante
es que el trabajo normal corra a cargo, de modo predominante y progresivo, del
elemento burocrático.” (p. 707)
Por último,
tiene que quedar claro que existen otras formas de dominación legal. Weber da
varios ejemplos, entre ellos, los funcionarios designados por turno, por suerte
o por elección.
Dominación tradicional: (pp. 708-711)
Esta forma de
dominación obtiene su legitimidad “en virtud de creencia en la santidad de los
ordenamientos y los poderes señoriales existentes desde siempre.” (p. 708)
Su forma pura es
el dominio patriarcal. Aquí la
asociación de dominio es comunización; el que da las órdenes es el señor; los que obedecen son súbditos. “Se obedece a la persona en
virtud de su dignidad propia, santificada por la tradición: por fidelidad.” (p.
708).
A diferencia de
la dominación legal, el dominio se asocia a la persona de quien lo ejerce; con
la salvedad de que ésta debe seguir la tradición, la manera habitual de hacer
las cosas, cristalizada en las costumbres.
Este tipo de
dominación presenta serias dificultades para realizar cambios: “En principio se
considera imposible crear nuevo derecho frente a las normas de la tradición.”
(p. 709)
A partir de lo
anterior es posible establecer los límites de este tipo de dominación:
“Fuera de las normas de la tradición (…)
la voluntad del señor sólo se halla ligada por los límites que le pone en cada
caso el sentimiento de equidad, o sea, en forma estrictamente elástica: de ahí
que su dominio se divida en un área estrictamente ligada por la tradición y
otra, de la gracia y el arbitrio libres, en la que obra conforme a su placer,
su simpatía o antipatía y de acuerdo con puntos de vista puramente personales
susceptibles, en particular, de dejarse influir por complacencias también
personales.” (p. 709).
El cuerpo
administrativo consta de individuos que dependen directamente del señor
(familiares o funcionarios domésticos), o de parientes o de amigos personales
(favoritos), o de elementos que le están ligados por un vínculo de fidelidad (vasallos,
príncipes tributarios). Su campo de acción se regula en cada caso por la
discreción del señor. “De hecho se rige en gran parte por lo que los servidores
pueden permitirse frente a la docilidad de los súbditos.” (p. 709).
El profesor
Weber distingue dos formas en la modalidad de la posición del cuadro
administrativo: a) estructura puramente
patriarcal (cuya tipo más puro es el dominio
sultanesco). La administración “es totalmente heterónoma y heterocéfala”;
el cuerpo administrativo depende por completo del señor, o sea “no existe
garantía alguna contra su arbitrariedad, cuya extensión posible es, por
consiguiente, mayor aquí que en otra parta alguna.” (p. 709). En síntesis, “el
dominio es tratado como un bien corriente de la fortuna del señor” (p. 709); b)
estructura de clase, donde los
servidores son personas independientes del señor, que poseen una posición
social prominente y que acceden al cargo por privilegio o concesión del señor,
o por un negocio jurídico (por ejemplo, arriendo del cargo). Ejercen la
administración de modo autocéfalo y autónomo, ejerciéndose por cuenta propia y
no del señor (dominación gremial).
En síntesis, “el poder señorial se halla, pues, repartido entre el señor y el
cuerpo administrativo con título de propiedad y privilegiado, y esta división de poderes por clases
caracteriza en alto grado el tipo de la administración.” (p. 710)
Existen diversas
formas de dominación tradicional. En general, “toda clase de «superioridad» que
con éxito asume autoridad legítima en virtud simplemente de habituación
inveterada pertenece a la misma categoría, aunque no presente una
característica tan clara.” (p. 710)
La dominación
tradicional se reproduce en el seno de la familia (entendida ésta como grupo
familiar ampliado, que incluye parientes y servidores). [3] Weber remarca que
“la fidelidad inculcada en las
relaciones del niño con el jefe de familia constituye el contraste más típico
con la posición del trabajador ligado por contrato a una empresa por una parte
y con la relación religiosa emocional del miembro de una comunidad con respecto
a un profeta, por la otra.” (p. 710)
[Por eso, la
comprensión de los rasgos fundamentales de la dominación tradicional permite,
por comparación, entender lo específico de la dominación en la moderna sociedad
capitalista. En este sentido, puede retomarse el análisis de Karl Marx
(1818-1883) en el capítulo 24 del Libro Primero de El capital (1867),
quien marca la diferencia entre las relaciones de dependencia personal de los
trabajadores y la liberación del trabajador moderno respecto a toda forma de
sujeción personal (es libre en términos jurídicos.]
No debe pensarse
que la dominación tradicional se basa exclusivamente en la tradición; en ella
coexisten un ámbito de actividades ligadas a la tradición, y otro ámbito de
actividad libre. Esto se relaciona con la distinción entre la estructura
puramente patriarcal de la dominación y la estructura de clase tratada más
arriba. Si bien no desarrolla aquí este punto, el profesor Weber sostiene que,
“La separación
entre las estructuras patriarcal y de clase de la dominación tradicional es
fundamental para toda sociología del Estado de la época preburocrática.” (p.
711)
Por eso es un
error tratar la dominación patriarcal como un bloque monolítico: “Toda forma de
dominación de clase basada en una apropiación más o menos fija del poder de
administración se halla, en relación con el patriarcalismo, más cerda de la
dominación legal” (p. 711). En ella existe una competencia de los privilegiados
y una división de poderes por clases que recorta el margen de discrecionalidad
del señor.
[La dominación
tradicional, concebida en su tipo puro, aparece como la forma de dominación
menos permeable al cambio; no obstante, hay que tener presente lo expuesto por
Weber respecto a la distinción entre las estructuras patriarcal y de clase.
Además, la discrecionalidad del señor puede introducir modificaciones en los
procedimientos tradicionales. En resumidas cuentas, no existe forma de
dominación que sea impermeable a los cambios.]
Dominación carismática: (pp. 711-716)
Este tipo de
dominación se da “en virtud de devoción afectiva a la persona del señor y a sus
dotes sobrenaturales (carisma) [4] y, en particular: facultades mágicas,
revelaciones o heroísmo, poder intelectual u oratorio. Lo siempre nuevo, lo
extracotidiano, lo nunca visto y la entrega emotiva que provocan constituyen
aquí la fuente de la devoción personal.” (p. 711)
Sus tipos más puros
son: el dominio del profeta, del héroe guerrero y del gran demagogo.
La asociación de
dominio es la comunicación en la comunidad o en el séquito. El tipo del que
manda es el caudillo; el tipo del que obedece es el apóstol.
El carisma
implica un grado enorme de autoridad (y de obediencia), pero tiene límites bien
precisos: la obediencia cesa cuando el carisma deja de existir. Si el caudillo
sufre derrotas militares o no se cumplen sus profecías, pierde autoridad (el
carisma deja de existir).
El cuerpo
administrativo es elegido en función de su carisma y devoción personal, no por
su calificación profesional. La administración carece de toda orientación por
reglas, sean éstas estatuidas o tradicionales.
“La forma genuina de la jurisdicción y
el zanjamiento de litigios carismáticos es la proclamación de la sentencia por
el señor y el sabio y su aceptación por la comunidad (de defensa o de credo), y
esta sentencia es obligatoria, siempre que no se le oponga otra, concurrente,
de carácter asimismo carismático.” (p. 712)
Weber indica que,
“La autoridad
carismática es uno de los grandes poderes revolucionarios de la historia,
pero, en su forma absolutamente pura, es por completo autoritaria y
dominadora.” (p. 713; el resaltado es mío – AM-)
[El carácter extraordinario
de la autoridad emanada del carisma explica su capacidad para transformar las
relaciones sociales existentes. Esta cuestión no puede ser desestimada al
momento de estudiar el cambio social. En esta línea de pensamiento es
importante analizar las condiciones de posibilidad del surgimiento del carisma
o, dicho de modo más preciso, ¿en qué condiciones sociales se hace viable la
aparición de la dominación carismática?]
Como se dijo,
“la dominación carismática es una relación social específicamente extraordinaria y puramente personal” (p.
714). Esto da pie a la aparición de un problema político significativo: la cuestión de la sucesión. ¿En otras
palabras, es posible la transferencia del carisma a un sucesor? De ser así,
¿cuáles son los mecanismos utilizados para realizar esa transferencia de modo
legítimo?
El profesor
Weber escribe que la primera pregunta tiene respuesta afirmativa. Para
comprender la manera (sería mejor decir, las maneras) en que se efectúa la
transferencia del carisma es necesario estudiar la solución que se le da en
cada caso determinado al problema de la sucesión. Dedica el resto del apartado
(pp. 714-716) a las diferentes modalidades que asumió la sucesión a lo largo de
la historia.
Villa
del Parque, viernes 16 de abril de 2021
ABREVIATURAS:
EyS = Economía y sociedad
NOTAS:
[1] El profesor Weber utiliza en
todo el apartado la herramienta metodológica de los tipos ideales. Para una descripción de dicha herramienta puede
consultarse EyS, p. 16.
[2] Weber indica que “toda la
historia del desarrollo del Estado moderno, en particular, se identifica con la
de la moderna burocracia y de la empresa burocrática (…), del mismo modo que
toda la evolución del gran capitalismo moderno se identifica con la burocratización
creciente de las explotaciones económicas. La
parte de las formas de dominación burocrática está en ascenso en todas partes.”
(p. 708; el resaltado es mío – AM-)
[3] Weber lo señala expresamente:
“La asociación doméstica constituye la célula reproductora de las relaciones
tradicionales de dominio” (p. 710)
[4] “Se comprende que la
expresión «carisma» se emplea aquí en un sentido desprovisto por completo de
significado de valor. Para el sociólogo, la cólera maníaca del hombre-fiera
nórdico, los milagros y las revelaciones de cualquier profeta de secano o las
dotes demagógicas de Cleón son «carisma» con el mismo título que las cualidades
de un Napoleón, de Jesús o de Pericles. Porque para nosotros lo decisivo es si
se consideraron como carisma y si actuaron
como tal, es decir: si hallaron o no reconocimiento. El supuesto indispensable
para ello es el «acreditamiento»: el señor carismático ha de acreditarse como
señor «por la gracia de Dios», por medio de milagros, éxitos y prosperidad del
séquito o de los súbditos. Si le falla el éxito, su dominio se tambalea.” (p.
713)
miércoles, 14 de abril de 2021
LA DEFINICIÓN DE LOS CONCEPTOS DE DOMINACIÓN Y ESTADO EN MAX WEBER
Para la
redacción de esta ficha utilicé la traducción española de José Medina
Echavarría, Juan Roura Parella, Eugenio Ímaz, Eduardo García Máynez y José
Ferrater Mora: Weber, M. (1998). Economía y sociedad: Esbozo de sociología
comprensiva. México D. F.: Fondo de Cultura Económica. xxiv, 1245 p.
(Sección de Obras de Sociología).
Poder y
dominación:
Weber comienza
su exposición definiendo tres conceptos:
Poder = “la
probabilidad de imponer la propia voluntad, dentro de una relación social, aun
contra toda resistencia y cualquiera que sea el fundamento de esa
probabilidad.” (p. 43)
Dominación = “la
probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido
entre personas dadas”. (p. 43)
Disciplina = “la
probabilidad de encontrar obediencia para un mandato por parte de un conjunto
de personas que, en virtud de actitudes arraigadas, sea pronta, simple y
automática.” (p. 43)
Indica que la
noción de poder es “sociológicamente amorfa” [2], dado que todas las cualidades
de los seres humanos y una infinita multiplicidad de situaciones pueden colocar
a alguien en la posición de imponer su voluntad. Un concepto tan amplio,
en rigor, no explica nada. Por eso el concepto de dominación tiene que ser más
preciso, si se pretende que resulte útil en la explicación de los fenómenos
sociológicos.
Ahora bien, el
concepto de dominación tiene mayor precisión que el de poder, pues se concentra
en la probabilidad de obediencia a un mandato. La disciplina, en cambio,
implica una obediencia habitual por una masa sin resistencia de crítica; se
relaciona con la dominación tradicional. [3]
Dominación,
asociaciones de dominación y asociaciones políticas:
El profesor
Weber sostiene que la situación de
dominación
“está
unida a la presencia actual de alguien mandando efectivamente a otro, pero no
está unidad incondicionalmente ni a la existencia de un cuadro administrativo
ni a la de una asociación; por el contrario, sí lo está ciertamente – por lo
menos en todos los casos normales – a una de ambas.” (p. 43)
En base a lo
anterior puede definirse como asociación
de dominación a la asociación en la que “sus miembros están sometidos a
relaciones de dominación en virtud del orden vigente.” (p. 43) [4] Weber agrega
que toda asociación “es siempre en algún grado asociación de dominación por la
simple existencia de su cuadro administrativo” (p, 43)
El carácter
específico de una asociación esté determinada por: a) la forma en que se
administra; b) el carácter del grupo de personas que ejercen la administración;
c) los objetos administrados; d) el alcance de la dominación. [5]
Weber concede
especial atención a un tipo de asociación de dominación, la asociación política:
“Una
asociación de dominación debe llamarse asociación
política cuando y en la medida en que su existencia y la validez de sus
ordenaciones, dentro de un ámbito
geográfico determinado, estén garantizados de un modo continuo por la
amenaza y aplicación de la fuerza física por parte de su cuadro
administrativo.” (p. 43)
La forma más
conocida de asociación política es el Estado,
esto es,
“un
instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida en que su
cuadro administrativo mantenga con éxito la pretensión al monopolio legítimo de la coacción física para el mantenimiento del
orden vigente.” (p. 43-44)
A partir de lo
dicho en el párrafo anterior, se distingue un tipo especial de acción social,
la acción políticamente orientada,
“cuando y en la medida en que tiende a influir en la
dirección de una asociación política; en especial a la apropiación o
expropiación, a la nueva distribución o atribución de los poderes
gubernamentales.” (p. 44)
La violencia,
rasgo esencial de las asociaciones políticas:
El elemento
distintivo de las asociaciones políticas es la utilización de la violencia como medio para garantizar la
dominación. El profesor Weber lo explica así:
“Es
de suyo evidente que en las asociaciones políticas no es la coacción física el
único medio administrativo, ni tampoco el normal. Sus dirigentes utilizan todos
los medios posibles para la realización de sus fines. Pero su amenaza y
eventual empleo es ciertamente su medio específico
y, en todas partes, la ultima ratio [último
argumento] cuando los demás medios fracasan.” (p. 44)
Las
asociaciones políticas han tenido multitud de fines a lo largo de la
historia. Eso hace impracticable definirlas
a partir de su fin. Por ello es mejor definirlas a partir del medio que han
utilizado (y que utilizan) en todos los tiempos y lugares: la coacción física.
[6]
La cuestión se
ve clara cuando se analiza el Estado moderno. Con independencia de los fines
que se proponen los diferentes Estados, su rasgo esencial es el “carácter monopólico del poder estatal” (p. 45)
Otras
asociaciones de dominación. La Iglesia:
Weber señala
que existe otro tipo de asociación de dominación, la asociación hierocrática = “una asociación de dominación cuando y en
la medida en que aplica para la garantía de su orden la coacción psíquica,
concediendo y rehusando bienes de salvación (coacción hierocrática).” (p. 44). La
Iglesia es un ejemplo de instituto
hierocrático. [7]
En este punto
no es importante la cuestión del tipo de bienes de salvación ofrecidos (que
pueden estar en el “más allá” o en este mundo), sino “el hecho de que su
administración pueda constituir el fundamento de su dominación espiritual sobre
un conjunto de hombres” (p. 45).
Las
asociaciones hierocráticas se caracterizan, pues, por administrar bienes de
salvación y por ejercer coacción psíquica sobre sus miembros. La Iglesia se distingue entre este tipo de
asociaciones por “su carácter de instituto racional y de empresa
(relativamente) continuada, como se exterioriza en sus ordenaciones, en su
cuadro administrativo y en su pretendida dominación monopólica.” (p. 45). [8] Sin embargo, a diferencia del Estado, el
monopolio de la dominación territorial no es esencial para la Iglesia.
Villa del
Parque, miércoles 13 de abril de 2021
NOTAS:
[1] La exposición de los tipos
de dominación se encuentra en el cap. III de la Primera parte de Economía y
sociedad, titulado precisamente “Los tipos de dominación” (pp. 170-241).
[2] Es importante tener
presente esta observación cuando se emprende la lectura de las obras del
filósofo francés Michel Foucault (1926-1984).
{3] La dominación tradicional
es analizada en el tercer apartado (Dominación tradicional) del mencionado cap.
III (pp. 180-193).
[4] Weber entiende por asociación [Verband] “una relación social con una regulación limitadora hacia
fuera cuando el mantenimiento de su orden está garantizado por la conducta de
determinados hombres destinada en especial a ese propósito: un dirigente y, eventualmente, un cuadro administrativo que, llegado el
caso, tienen también de modo normal el poder representativo.” (p. 39)
[5] Los ítems a y b dependen
mayormente de los fundamentos de la legitimidad
de la dominación.
[6] “Sólo se puede definir (…)
el carácter político de una asociación por el medio – elevado en determinadas circunstancias al fin en sí – que sin
serle exclusivo es ciertamente específico y para su esencia indispensable: la coacción física.” (p.
44)
[7] La Iglesia es “un instituto hierocrático de actividad
continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantiene la
pretensión al monopolio legítimo de
la coacción hierocrática.” (p. 44)
[8] Weber denomina instituto a “una asociación cuyas
ordenaciones estatuidas han sido «otorgadas» y rigen de hecho (relativamente)
con respecto a toda acción que con determinadas características dadas tenga
lugar en el ámbito de su poder.” (p. 42). A su vez, llama empresa a “una acción que persigue fines de una determinada clase de un modo continuo.” (p. 45)
sábado, 3 de abril de 2021
EL PROCESO DE INDEPENDENCIA DE AMÉRICA LATINA SEGÚN L. ZANATTA
El capítulo 2 de la obra Historia de América Latina: De la Colonia al siglo XXI, del historiador italiano Loris Zanatta (n. 1943), se titula “La independencia de América Latina” y abarca las páginas 35-51 del libro.
Zanatta, especialista
en América Latina y en el peronismo, se desempeña como profesor de Historia de
América Latina en la Universidad de Bologna (Italia).
Para la redacción
de la ficha utilicé la siguiente edición: Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI. 288 p.
(Biblioteca Básica de Historia). Traducción de Alfredo Grieco y Bavio y
Guillermo David. Todas las citas textuales pertenecen a esta edición. Por
último, mis comentarios personales van entre corchetes.
Invasión napoleónica
y vacío de poder en España
La invasión
napoleónica a Portugal (1807) y España (1808) marcó el inicio del derrumbe
de los imperios ibéricos en América Latina. Sin embargo, los casos de
Portugal y España son distintos. La corte lusitana, encabezada por la reina
María I (1734-1816; reina de Portugal entre 1777 y 1816) y el príncipe regente
y monarca de hecho, Juan VI (1767-1826; rey de Portugal de facto desde 1792 y
de hecho desde 1816 hasta 1826), logró evitar ser capturada por las tropas francesas
y se trasladó a Brasil. De ese modo se crearon las condiciones para una
independencia indolora.
Las cosas se dieron
de manera completamente diferente en el caso español. Napoleón Bonaparte
(1769-1821) hizo encarcelar al rey Carlos IV (1748-1814; rey de España en
1788-1808) y a su hijo y sucesor Fernando VII (1784-1833; rey de España entre marzo
y mayo de 1808, y de 1814 a 1833). El emperador francés impuso en el trono
español a su hermano José I Bonaparte (1768-1844; rey de España entre 1808 y
1813). Se produjo así un vacío de poder, porque la mayoría de la
población española rechazó al rey impuesto por Napoleón; se desarrolló la
Guerra de Independencia Española (1808-1814).
Los sucesos de
España hicieron que las colonias americanas se vieran obligadas a discutir los
fundamentos del orden y de la soberanía política: ¿estaban atadas a la suerte
de la monarquía española y debían someterse a quien ocupara el trono? Si esto era
así y puesto que no había rey legítimo: ¿las colonias podían gobernarse a sí
mismas?
En España la
respuesta al vacío de poder fue la conformación de juntas de gobierno en
diferentes ciudades y regiones. En Cádiz se constituyó una junta que reivindicó
el poder en nombre de Fernando VII y reclamó obediencia a los súbditos
americanos. Éstos se preguntaron: ¿quién gobernaba el reino y sobre qué
derechos? ¿Acaso todas las ciudades y reinos, en España y América, volvían a
ser libres?
La independencia
de las colonias americanas obedeció a la conjunción de múltiples causas.
Algunas de ellas eran estructurales (remotas): las Reformas Borbónicas y las
reacciones a ellas; la consolidación de usos, intereses, vínculos e identidades
de largo alcance en las colonias. Otras fueron de carácter coyuntural: la mencionada
invasión francesa a la península ibérica. En este punto, el profesor Zanatta señala
que,
“Lo
que importa es establecer un método e indicar que, para el estudio de un
problema histórico complejo, se requiere la conciencia de que sus casusas
también fueron múltiples y complejas.” (p. 38)
Período
autonomista, 1810-1814 [3]
Entre 1810 y
1814 se desarrolló el período autonomista en el proceso de independencia
americana.
La primera reacción
concreta de los colonos frente al mentado vacío de poder fue la constitución de
juntas, esto es, órganos políticos encargados del ejercicio de la autoridad).
[1] Estas juntas, al igual que sus homólogas españolas, declararon que asumían
el poder en nombre del cautivo Fernando VII; ninguna de ellas expresó la
voluntad de proclamar la independencia.
Pero las juntas
mostraron la decisión de las elites criollas de reformular el pacto
colonial, desarmando los restos de la experiencia centralizadora emprendida
por los Borbones a mediados del siglo XVIII. Las elites revocaron el monopolio
comercial español y liberaron el comercio con los ingleses.
¿Qué sucedía mientras
tanto en España?
El vacío de
poder fue resuelto por el Consejo de Regencia, instalado en Cádiz. Éste
convocó a elección de Cortes, una asamblea de representantes encargada
de redactar una Constitución. [2] En concreto, la Junta de Cádiz promulgó a
comienzos de 1810 el decreto de convocatoria a elecciones para las Cortes. Toda
provincia americana podía enviar un diputado como representante a las Cortes;
en las elecciones podían participar indios y mestizos. Una vez reunidas, las
Cortes contaron con la participación de 300 diputados (de ellos, 64 eran
representantes de las colonias americanas). [4] El producto de las Cortes fue
la Constitución de 1812, liberal y centralista a la vez.
La Constitución
no conformó a las elites criollas; más bien, profundizó el descontento con la
metrópoli, pues no se concedía la autonomía exigida por los americanos. De este
modo, la caída del imperio español en América fue consecuencia de la conjunción
de dos corrientes: a) los defensores de la vieja sociedad corporativa,
que se oponían a los liberales españoles; b) los defensores de las ideas
liberales, que exigían plena autonomía para las colonias.
Guerra de
independencia, 1814-1824
1814 Fernando
VII recuperó el trono y anuló la Constitución de 1812. Se produjo así la Restauración
del absolutismo; los liberales pasaron a ser perseguidos. El monarca envió
tropas a las colonias (sobre todo a Venezuela) para restablecer la dominación
española. Aquí comenzó la guerra de independencia americana propiamente
dicha, que se prolongó hasta 1824.
Por su parte, Brasil
logró la independencia en 1822, cuando Pedro I (1798-1834; emperador de Brasil
entre 1822 y 1834) instituyó una monarquía constitucional independiente en el
territorio brasileño, haciéndose eco del rechazo de las élites criollas a las
pretensiones portuguesas de imponer nuevamente el centralismo. No hubo
movilización popular y Brasil conservó su integridad territorial sin dificultades.
[Zanatta hace un
tratamiento superficial del proceso de independencia de América Latina, que
resulta llamativo aún en una obra que pretende ser un compendio.]
Villa del
Parque, 3 de abril de 2021
NOTAS:
[1] En este
sentido, su reacción no difirió de la de diversas regiones, ciudades y pueblos
españoles, que constituyeron juntas como respuesta al encarcelamiento del rey
Fernando VII.
[2] El
pensamiento liberal concebía a la constitución como la llave maestra para
transformar las instituciones políticas y sociales de un país, creando un nuevo
orden basado en los principios del liberalismo.
[3] Zanatta
valora la importancia de este período afirmando que los criollos por primera
vez asumieron el poder en primera persona.
[4] Ni Buenos
Aires ni Venezuela enviaron representantes a las Cortes. Cabe agregar que
Zanatta omite que los representantes americanos que tomaron parte de las Cortes
fueron elegidos por los residentes americanos en Cádiz (salvo el caso del representante
de Puerto Rico).
jueves, 1 de abril de 2021
LAS REFORMAS BORBÓNICAS Y LA CRISIS DEL ORDEN COLONIAL EN LA AMÉRICA ESPAÑOLA
En la continuación de la
serie dedicada a la historia de América Latina llega el turno de un trabajo del
historiador inglés John Lynch (1927-2018), “Los orígenes de la independencia
hispanoamericana”. Lynch fue especialista en historia de España y en el proceso
de la independencia latinoamericana. Cursó estudios en la Universidad de
Edimburgo (MA, 1952) y en la de Londres (PhD, 1955). Fue profesor en las Universidades
de Liverpool (1954-1961) y Londres (desde 1961); en esta última institución
dirigió el Institute of Latin American Studies (1974-1987).
El trabajo
mencionado fue incluido en la obra colectiva Historia de América Latina,
dirigida por Leslie Bethell (n. 1937). Se ha utilizado la traducción española
de Ángels Solá: Bethell, L. (ed.). (1991). Historia de América Latina: 5. La
Independencia. Barcelona, España: Crítica. 264 p. (Serie Mayor). (pp. 1-40)
Lynch presta
especial atención al papel jugado por las RB en la desarticulación del viejo
pacto colonial que mantenía unificado al imperio español. Desde su perspectiva,
el camino a la independencia de América Latina tuvo un desencadenante exógeno.
Esta visión debe ser complementada con un estudio de los factores endógenos que
condujeron a la emancipación latinoamericana.
Abreviaturas:
AL
= América Latina / RB = Reformas
Borbónicas
En las postrimerías del
s. XVIII España era una “metrópoli antigua, pero sin desarrollo” (p. 1):
exportaba materias primas; dependía de una marina mercante extranjera; estaba
gobernada por una elite señorial sin tendencia al ahorro y a la inversión.
“Caso extraño en la
historia moderna: una economía colonial dependiente de una metrópoli
subdesarrollada.” (p. 1).
¿Cómo se llegó a esta
situación?
Lynch comienza por
describir los rasgos principales del Imperio
español en AL en el período anterior a las RB. Existía un equilibrio de
poder entre la Administración (1),
la Iglesia (2) y la elite local (3).
(1) Se trata de la
administración colonial. Poseía el poder político pero tenía escaso poder
militar. Basaba su poder en la soberanía de la Corona y en sus propias
funciones burocráticas. En vez de ser el instrumento de un Estado centralizado,
en la práctica cumplía el rol de intermediario entre la Corona y sus súbditos
americanos.
(2)Reforzaba la soberanía
secular.
(3)Eran los propietarios
rurales y urbanos; detentaban el poder económico. Constituidas por una minoría
de peninsulares y una mayoría de criollos. En el siglo XVIII controlaban el
poder en toda América. Poseían intereses territoriales, mineros y mercantiles;
lazos de amistad y alianza con la burocracia colonial [1]; fuerte sentido de la
identidad regional.
Las Reformas Borbónicas:
El proceso de reformas se
inició alrededor de 1750. Se trató de un conjunto de medidas que abarcaron
todas las áreas del gobierno imperial; su propósito fundamental consistió en
modernizar la economía, la sociedad y las instituciones españolas. Su núcleo era
atacar la disminución de la productividad
de la economía del Imperio.
El proceso se inspiró en
consideraciones de orden pragmático; coexistieron las ideas de los fisiócratas (primacía de la agricultura
y del papel del Estado); del mercantilismo
(la explotación más eficaz de los recursos de las colonias); liberalismo económico (la eliminación
de las restricciones comerciales e industriales – con la salvedad de que la
Corona jamás se planteó la supresión del monopolio comercial español); Ilustración (la preferencia por la
Razón y la experimentación, opuestas a la autoridad y la tradición). Por esto
sus formulaciones políticas fueron “inconsecuentes” [o, mejor dicho, fueron
consecuentes en la preservación del absolutismo]; la modernización coexistía
con la tradición.
Cabe hablar de reformas
porque sus impulsores (básicamente la Corona, los funcionarios de más alto
rango y varios intelectuales) [Lynch no aborda la cuestión de las clases y
grupos sociales que promovieron y apoyaron las RB] se propusieron reformar las
instituciones existentes antes que crear otras nuevas. Por ejemplo: se impulsó
la mejora de la agricultura en vez de la industria. [2]
Las RB no lograron su
objetivo primordial; España siguió siendo una potencia en decadencia. Sin
embargo, alteraron el equilibrio entre los grupos locales en AL. Esto fue la
consecuencia directa de los objetivos del proceso reformista. El profesor Lynch
examina una por una las áreas afectadas por las RB y analiza sus efectos en AL:
Reformas administrativas
En este campo la
finalidad de las medidas reformistas era la centralización del control y la
modernización de la burocracia. Pero las elites locales interpretaron [correctamente]
estos cambios como un ataque a sus intereses.
Las Ordenanzas de Intendentes (1784, Perú; 1786, México) se constituyó
en el instrumento central de la RB; desarmó el sistema administrativo anterior.
[3] Terminó con los repartimientos, sustituyó a los corregidores y a los
alcaldes mayores por intendentes, asistidos por subdelegados en los pueblos de
indios. Introdujo la figura de los funcionarios remunerados; garantizó a los
indios el derecho a comerciar y a trabajar como quisieran. La desarticulación
del régimen anterior produjo una crisis: los indios carecían de crédito;
disminuyó la producción y el comercio. Las elites locales sabotearon las
reformas y rechazaron lo que consideraban el nuevo absolutismo.
Reformas eclesiásticas
Los Borbones atacaron a
la Iglesia (a su poder secular, no a su doctrina) porque la consideraban un
poder corporativo, opuesto a la centralización del poder en torno a la Corona. En
este sentido, el hito principal de las reformas fue la expulsión de los jesuitas (1767), una de las órdenes
religiosas más poderosas. En AL había 2500 jesuitas; sus bienes fueron
comprados por las familias criollas más ricas. Las reformas avanzaron sobre los
fueros de la comunidad eclesiástica; esto golpeó sobre todo al bajo clero (para ellos, los fueros eran
prácticamente su única ventaja material). Todo esto genero descontento en las
colonias; de las filas del bajo clero, por ejemplo, salieron muchos oficiales
insurgentes y jefes guerrilleros de las guerras de Independencia.
Reformas militares
El Ejército era muy débil
en las colonias (por falta de recursos de la Corona); constituido por milicias
de americanos y unas pocas unidades peninsulares. En 1760 se creó una nueva
milicia, encargada de la defensa y cuyo financiamiento corrió a cargo de las
colonias. Sus miembros tenían fuero militar. La novedad es que los oficiales y,
a veces, los jefes, eran criollos. Lynch comenta: “España creó un arma que en
última instancia podía volverse contra ella” (p. 8). A pesar de las protestas
de los peninsulares (reacios a armar a criollos, mestizos y negros), la
americanización del ejército regular de las colonias “fue un proceso
irreversible” (p. 8).
Reformas económicas
Su eje consistió en
ejercer mayor control sobre las colonias, para obligar a las economías locales
a trabajar directamente para España y enviar a la metrópoli el excedente de la
producción y los ingresos.
En 1750 se aprobaron
medidas para incrementar los ingresos imperiales: a) monopolios sobre
mercancías (tabaco, aguardiente, pólvora, sal, etc.); b) la administración
directa de las contribuciones volvió a quedar en manos del gobierno (antes se
hallaba arrendada a particulares).
Los nuevos ingresos de la
Corona no se gastaban en las Colonias; se convertían en metálico que se enviaba
a España. [4] Las quejas de los productores americanos fueron in crescendo a partir de fines del s.
XVIII; muchos pensaban que el dominio español “era un obstáculo a la
productividad y el beneficio” (p. 10). La resistencia a los impuestos
imperiales se intensificó a partir de 1765. [5]
Ahora bien, los
reformadores no eran ingenuos. Ellos “quisieron ejercer una presión fiscal
creciente sobre una economía controlada y en expansión” (p. 11). O sea, el
aumento de impuestos era viable en la medida en que hubiera crecimiento
económico. Para ello se reorganizó el comercio colonial, con el objetivo de
rescatarlo de manos extranjeras: “su ideal era exportar productos españoles en
barcos nacionales a un mercado imperial” (p. 11). En síntesis, ello significaba
la instauración de un nuevo pacto
colonial.
Pero, ¿en qué condiciones
materiales se realizaría ese pacto?
El 80 % de las
exportaciones de América a España estaba conformado por metales preciosos; el
20 % eran materias primas comercializables. No se permitían industrias
manufactureras en las colonias, salvo molinos azucareros. [6] La agricultura y
la industria española experimentaron “cierta revitalización”. Pero, las
exportaciones españolas a América eran, en su mayoría, productos agrícolas
(aceite de oliva, vino y aguardiente, harina, frutos secos).
Las exportaciones
españolas competían, no se complementaban, con los productos americanos.
A lo anterior hay que
agregarle que una parte sustancial de las exportaciones españolas hacia las
colonias consistía en la reexportación de productos extranjeros (el 75 % del
comercio colonial era de origen extranjero).
“España continuó siendo
una cuasimetrópoli, apenas más desarrollada que sus colonias.” (p. 13)
¿Qué efectos tuvieron las
RB sobre las colonias?
Ante todo, “el comercio
libre dejó intacto el monopolio” (p. 13). Las colonias tenían vedado el acceso
a los mercados internacionales, a excepción del contrabando. En general, la situación empeoró porque las colonias
necesitaban más dinero para pagar las importaciones crecientes. [7]
El quid de la cuestión
radicaba en que:
“La
metrópoli no contaba con los medios o no tenía interés en ofrecer los diversos
factores necesarios para el desarrollo, para invertir en el crecimiento y para
coordinar la economía imperial.” (p. 14)
En consecuencia,
“El papel de América
continuó siendo el mismo: consumir las exportaciones españolas y producir
minerales y algunos productos tropicales. En estos términos, el comercio libre
iba ligado necesariamente al incremento de la dependencia, volviendo a una
concepción primitiva de las colonias y a una dura división del trabajo, después
de un largo período en que la inercia y quizás el consenso habían permitido
cierto grado de desarrollo autónomo.” (p. 14)
Las RB terminaron con la Revolución Francesa, que provocó el
miedo de las elites metropolitanas; toda reforma pasó a ser vista como un
germen de revolución. Se produjo una reacción
conservadora bajo el reinado de Carlos IV, cuyo gobierno se extendió entre
1788 y 1808.
El Imperio español no
soportó la prueba de las guerras contra Inglaterra. Durante la primera de ellas
(1796-1802), las colonias quedaron aisladas de la metrópoli, a punto tal que en
éstas se produjo la creación y/o renovación de las manufacturas textiles. Este
proceso se acentuó en la segunda guerra contra los británicos (1804-1808). La
Armada inglesa aplastó a la flota española en el Cabo de San Vicente (1797) y
Trafalgar (1805); Cádiz (el principal puerto español de exportación/importación
a las colonias) fue bloqueada y lo mismo ocurrió con los puertos
hispanoamericanos. El comercio español se derrumbó. Ante los hechos consumados,
la Corona emitió un decreto que permitía el comercio legal y cargado de
impuestos con Hispanoamérica en buques neutrales (1797); el comercio quedó en
manos extranjeras; España conservó las cargas del imperio pero ninguno de sus
beneficios. Si bien la autorización mencionada fue revocada (20 de abril de
1799), varias colonias (Cuba, Venezuela y Guatemala) hicieron caso omiso de la
revocación y siguieron comerciando con los neutrales.
El monopolio comercial
español concluyó de hecho en el período 1797-1801.
Perdido el monopolio
comercial, España sólo conservaba el control
político. Este control era precario y había empezado a ser cuestionado
varias décadas antes, en una serie de rebeliones que mostraron la agudización
de las tensiones entre criollos y españoles a partir de la implementación de
las RB. [8]
Bajo los Borbones, el
gobierno imperial procuro desamericanizar la administración colonial: reducción
de la participación criolla en la Iglesia y la administración; intento de
romper las relaciones existentes entre los funcionarios y las familias
poderosas a nivel local. Este nuevo
imperialismo acentuó las diferencias entre criollos y peninsulares.
Las elites locales, que
mantenían estrechos vínculos con la administración colonial, sabían que su
influencia alcanzaba sólo al ámbito de su región; sin embargo, eso no los hacía
partidarios per se de la
independencia. Pero también tenían puesta la atención en los de abajo:
procuraban por todos los medios mantener a distancia a la gente de color. Así,
de un lado estaban los blancos (peninsulares y criollos, ricos y pobres); del
otro, los indios, los mestizos, los negros libres, los mulatos y los esclavos.
La política borbónica intentó favorecer la movilidad social: los pardos (negros libres y mulatos) fueron
admitidos en la milicia; luego la ley del 10 de febrero de 1795 ofrecía a los
pardos la dispensa del estado de infame: los solicitantes que obtuvieran dicha
dispensa eran autorizados a recibir educación, a casarse con un blanco, a tener
cargos públicos y a entrar al sacerdocio. Como era de esperarse, los blancos se
opusieron a estas concesiones y perdieron la confianza en el gobierno español;
en otras palabras, comenzaron a dudar de la voluntad española de defenderlos.
Hacia 1810,
“El gobierno hacía poco
que había reducido su influencia política mientras que las clases populares
estaban amenazando su hegemonía social. En esas circunstancias, cuando la
monarquía se derrumbó en 1808, los criollos no podían permitir que el vacío
político se mantuviera así, y que sus vidas y sus bienes quedaran sin
protección. Tenían que actuar rápidamente para anticiparse a la rebelión
popular, convencidos como estaban de que si ellos no se aprovechaban de la
situación, lo harían otros sectores más peligrosos.” (p. 26)
En la última parte del
trabajo, el profesor Lynch examina varios fenómenos previos a la rebelión
general de 1810:
a) aparición de
incipiente nacionalismo (criollo, no
indio). Las diferentes colonias rivalizaban entre ellas. El concepto de América
resultaba demasiado vago en un continente demasiado vasto;
b) la influencia de la Ilustración, que en AL fue un
instrumento de la modernización planteada por los Borbones. Su contenido
político (por ejemplo: la igualdad) quedó en segundo plano ante el énfasis
puesto en la importancia del conocimiento práctico y la ciencia. En otros
términos,
“En general
(…) la Ilustración inspiró en sus discípulos criollos, más que una filosofía de
la liberación, una actitud independiente ante las ideas e instituciones
recibidas, significó una preferencia por la razón frente a la tradición, por la
ciencia frente a la especulación. Sin duda estas fueron influencias constantes
en la América española, pero por el momento fueron agentes de reforma y no de
destrucción.” (p. 35)
Pero también algunos
criollos comenzaron a mirar más allá de la reforma, hacia la revolución. Así,
en julio de 1797 estalló una rebelión en La Guaira (Venezuela), liderada por
Manuel Gual y José María España, cuyo objetivo central era establecer una
república independiente en Venezuela. Participaron pardos y blancos pobres,
trabajadores y pequeños propietarios. Exigían libertad e igualdad, abolición
del tributo indio y de la esclavitud de los negros, libertad de comercio. Fue
aplastado, pues su radicalismo unió a criollos y españoles.
Por último, destaca la
influencia de las revoluciones de Estados Unidos, Francia y Haití.
Villa del Parque, jueves
1 de abril de 2021
NOTAS:
[1] La debilidad del gobierno colonial y
su perenne necesidad de recursos permitió a las elites desarrollar formas
efectivas de resistencia frente a los funcionarios de la Corona.
[2] El énfasis en la agricultura obedecía,
también, a un problema demográfico. La población de España pasó de 7,6 millones
de habitantes a principios del siglo XVIII a 12 millones en 1808. Esto motivó
la aparición de una fuerte presión sobre la tierra y el incremento de la
demanda de alimentos.
[3] El sistema anterior giraba en torno a
los alcaldes mayores y los corregidores, que no percibían un salario de la
Corona y obtenían sus ingresos de actividades mercantiles relacionadas con el
ejercicio de su cargo (por ejemplo, comerciar con los indios que se encontraban
bajo su jurisdicción, proporcionar capital, crédito e instrumentos de trabajo,
monopolio económico en su distrito). Estos funcionarios poseían avaladores
financieros, quienes eran comerciantes especuladores en las colonias; los
avaladores garantizaban los ingresos de alcaldes mayores y corregidores;
también abonaban sus gastos. A cambio, los funcionarios forzaban a los indios a
tomar préstamos en metálico para cultivar productos exportables o para que
consumieran productos adicionales. Los avaladores recibían su capital y los
intereses. A este régimen se lo denominaba repartimiento
de comercio y estuvo muy extendido en México y Perú. Visto desde una
perspectiva general, este sistema implicaba abandonar el control imperial
frente a las presiones locales.
[4] En los años buenos, los ingresos
proporcionados por las colonias representaban el 20 % de los ingresos totales
del erario español. Estos ingresos cayeron casi a cero durante la guerra con
Inglaterra (1796-1802 y 1804-1808).
[5] Hay que tener en cuenta que la presión
impositiva sobre las colonias se intensificó al compás de las necesidades
bélicas españolas: en 1796 el estallido de la guerra con Inglaterra produjo un
aumento de las contribuciones; lo mismo sucedió en 1804, cuando se reanudó el
conflicto con los ingleses.
[6] La real orden del 28 de noviembre de
1800 prohibió el establecimiento de manufacturas en las colonias.
Posteriormente, la real orden del 30 de octubre de 1801 ordenaba a destruir los
talleres en las colonias.
[7] La Corona tampoco promovió el comercio intercolonial: “el imperio
continuaba siendo una economía integrada, en la a que la metrópoli trataba con
una serie de partes separadas a menudo a costa de la totalidad” (p. 14).
[8] El profesor Lynch caracteriza así a
las rebeliones acaecidas a lo largo del s. XVIII: “Aunque no eran auténticas
revoluciones sociales, pusieron de relieve conflictos sociales velados hasta
entonces. Esto es lo que puede verse en la reacción de los dirigentes criollos.
Después de haberse implicado en lo que era una simple agitación antifiscal,
generalmente veían el peligro de una protesta más violenta desde abajo,
dirigida no sólo contra las autoridades administrativas sino también contra
todos los opresores. Los criollos entonces se unían a las fueras de la ley y el
orden para suprimir a los rebeldes sociales.” (pp. 26-27). Con anterioridad al
desarrollo de las RB se produjeron la rebelión de los comuneros de Paraguay
(1721-1735) y la de Venezuela (1749-1752); ambas expresaron un incipiente
despertar regional y el surgimiento de la conciencia de que los intereses
americanos eran diferentes a los de España. Posteriormente se produjeron la
revuelta de Quito (1765), protesta urbana y movimiento antifiscal en un área
con una industria en decadencia; la rebelión de Nueva Granada (1781),
movimiento antifiscal y contra los funcionarios españoles, que involucró la
participación de los elementos populares, pronto controlado por la elite
criolla de propietarios y funcionarios. El acuerdo de Zapaquira (8 de junio de
1781) selló el acuerdo entre los comuneros (los rebeldes) y la elite de Bogotá.
Se realizaron concesiones a los rebeldes (reducción de impuestos, reformas
administrativas, acceso de los americanos a los cargos públicos, mejoras de las
condiciones de los indios). Luego, peninsulares y criollos aplastaron a los
grupos que continuaron la lucha.
La rebelión más importante fue la del Perú
(1780-1782), liderada por José Gabriel Tupac Amaru. Se combinaron una revuelta
criolla antifiscal y una revuelta india. El movimiento se radicalizó a tal
punto que terminó por provocar la unión de peninsulares y criollos. La rebelión
fue aplastada y sus líderes ejecutados.




