“El gobierno civil ha de ser el remedio contra las inconveniencias
que
lleva consigo el estado de naturaleza, las cuales deben ser, ciertamente,
muchas
cuando a los hombres se les deja ser jueces de su propia causa.
John
Locke
John
Locke (1632-1704) es uno de los fundadores del liberalismo político. Su obra Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil
(1690) es, a la vez, una justificación de la Revolución “Gloriosa” de 1688 y
una defensa de los principios fundamentales del liberalismo.
Pero
Locke no sólo es conocido por su papel en los orígenes del liberalismo; una de
sus contribuciones más destacadas en el terreno de la filosofía política
consiste en la elaboración del contractualismo, una corriente central en la
teoría política europea de los siglos XVII y XVIII. En este blog hemos dedicado
bastante espacio al contractualismo; basta indicar, por ejemplo, las fichas
dedicadas a Thomas Hobbes (1588-1679). Por ello resulta innecesario prolongar
esta introducción con una descripción más o menos detallada del
contractualismo. Aquí basta con indicar que el contractualismo parte del
supuesto que afirma que los SH no son seres sociales por naturaleza, como afirmaba
el viejo Aristóteles (384-322 a. C.), sino que originalmente vivían separados
unos de otros, en EN. Este EN era dejado de lado mediante un pacto o contrato
entre los individuos, el cual daba origen a la sociedad política.
Locke
aportó al contractualismo una concepción peculiar del EN, al que concebía como
un verdadero paraíso de los propietarios, pues en él cada individuo forjaba su
propiedad privada mediante el propio trabajo, podía acumular riquezas más allá
de sus necesidades gracias al oro y a la plata, y no debía pagar impuestos,
pues el Estado todavía no existía. Sin embargo, “todo lo sólido se desvanece en
el aire”, y el Edén de los propietarios desapareció, derribado no por el pecado
original sino por el prosaico egoísmo de los propietarios.
Esta
ficha, dedicada al capítulo 2 de la obra [1], cuenta la fábula del Edén de los
propietarios. Es, por cierto, una historia imaginaria, dado que jamás hubo EN
en ningún lugar ni en ninguna época. No obstante ello, la historia resulta
edificante para quienes en la actualidad pretenden revivir la utopía del
individuo aislado y egoísta.
Nota bibliográfica:
Para
la redacción de estas notas se ha utilizado la traducción española de Carlos
Mellizo: Locke,J. (2000). Segundo Tratado
sobre el Gobierno Civil: Un ensayo acerca del verdadero origen, alcance y fin
del Gobierno Civil. Madrid: Alianza. 238 p. (El libro de bolsillo, Area de
conocimiento: Humanidades; 4415). Traducción por Carlos Mellizo. Incluye:
Prólogo, por Carlos Mellizo.- Nota a la traducción, por Carlos Mellizo.-
Selección bibliográfica. Salvo indicación en contrario, todas las citas
corresponden a esta edición.
Abreviaturas:
EN= estado de
naturaleza / NH= naturaleza humana /
SH= seres humanos
En
el principio fue el EN… Es curioso comenzar un estudio de la sociedad política
postulando su inexistencia. La cuestión es todavía más curiosa si se tiene en
cuenta que no existe registro histórico (mucho menos, si cabe, en la época de
Locke) en donde se describa una situación de ausencia de sociedad. Para enojo
de los individualistas a ultranza, somos seres sociales. Pero entonces, ¿por
qué el EN?
Locke
lo explica en la primera oración del capítulo: “Para entender el poder
político, y para deducirlo de lo que fue su origen, hemos de considerar cuál es
el estado en que los hombres se hallan por naturaleza” (p. 36). En otros
términos, la función del EN es servir de base para deducir” el poder político
“de lo que fue su origen”. O sea, el EN es una herramienta lógica, una premisa
que utiliza para inferir de ella las características del poder político. En
otras palabras, lo que verdaderamente importa es el Estado.
Yendo
al grano. El EN,
“es el estado en
que los hombres se hallan por naturaleza (...) estado de perfecta libertad para
que cada uno ordene sus acciones y disponga de posesiones y personas como
juzgue oportuno, dentro de los límites de la ley de naturaleza, sin pedir
permiso ni depender de la voluntad de ningún otro hombre.” (p. 36)
Los
SH poseen “perfecta libertad”, posesiones y personas. Por eso, el EN es el Edén
de los propietarios. A estos rasgos del EN (libertad, posesión), agrega la
igualdad: “Es [el EN] un estado de igualdad, en el que todo poder y
jurisdicción son recíprocos, y donde nadie los disfruta en mayor medida que los
demás.” (p. 36) La igualdad es un rasgo de la NH:
“Nada hay más
evidente que el que las criaturas de la misma especie y rango, nacidas todas
ellas para disfrutar en conjunto de las mismas ventajas naturales, hayan de ser
también iguales entre sí, sin subordinación o sujeción de unas o otras” (p.
36).
Locke
sigue el sendero inaugurado por Hobbes. Los SH son iguales, afirmación que
representa un corte radical con el pensamiento clásico, basado en la noción de
la desigualdad natural de las personas.
Pero,
el EN es un estado de libertad, pero no un estado de licencia. O sea, cada
individuo no puede hacer cualquier cosa (no es un estado de guerra de todos
contra todos, tal como sostenía Hobbes en el Leviatán). Hay una “ley de naturaleza”, que
“gobierna [al EN]
y que obliga a todos; y la razón, que es esa ley, enseña a toda la humanidad
que quiera consultarla que siendo todos los hombres iguales e independientes,
ninguno debe dañar a otro en lo que atañe a su vida, salud, libertad o
posesiones.” (p. 38)
El
punto es interesante. Locke reemplaza un Absoluto (dios) por otro Absoluto (la
ley de naturaleza). El problema es que ambos son falsos Absolutos [2],
construcciones ideológicas elaboradas al calor de la lucha de clases. El orden
burgués deja de estar basado en dios y pasa a legitimarse por la ley de
naturaleza. Ahora bien, llegados aquí es legítimo preguntarse: ¿de dónde sale
esta ley? La sociedad desgarrada en clases sociales no puede engendrar una
única ley de naturaleza, pues cada clase
y grupo social procurará imponer su ley a las demás. Por ende, la ley de
naturaleza no será otra cosa que la ley favorable a la clase dominante. Locke
recae en el fetichismo jurídico, que pone la ley por encima de las condiciones
materiales.
A
partir del parágrafo 13 [3], hay una arremetida contra Hobbes y su
fundamentación de la necesidad del Leviatán (el Estado).
“Concedo sin
reservas que el gobierno civil ha de ser el remedio contra las inconveniencias
que lleva consigo el estado de naturaleza, las cuales deben ser, ciertamente,
muchas cuando a los hombres se les deja ser jueces de su propia causa.” (p. 43)
Si
cada SH es egoísta (y Locke no dice nada en contrario), ser juez de su propia
causa derivará en el despotismo de cada individuo, y esto llevará a la guerra
de todos contra todos. Pero Locke agrega que el soberano (el Leviatán) también
es hombre…¿qué ventaja hay en un régimen en el que el monarca absoluto es un
hombre que es juez de su propia causa y tiene la “libertad (...) de hacer con
sus súbditos lo que le plazca, sin darle a ninguno la oportunidad de cuestionar
o controlar a quien gobierna según su propio gusto, y a quien debe someterse en
todo lo que le plazca” (p. 44).
Locke
no cuestiona la necesidad del Estado; su objeción va contra la monarquía
absoluta; mejor dicho, contra las formas de gobierno en las que una persona o
un grupo de personas toman decisiones de manera arbitraria sobre el conjunto de
la sociedad. Pero su rival, Hobbes, distingue entre el carácter absoluto del
poder estatal y la forma de gobierno. El punto central de la teoría hobbesiana
es que los SH no pueden vivir sin un poder que regule sus relaciones sociales.
Los
parágrafos 14 y 15 están dedicados al problema de la existencia del EN: “Como
todos los príncipes y jefes de los gobiernos independientes del mundo entero se
encuentran en un estado de naturaleza, es obvio que nunca faltaron en el mundo,
ni nunca faltarán hombres que se hallen en tal estado (p. 44). En este punto,
puede decirse que Hobbes tiene razón, pues él sostiene que el EN es una
cuestión más lógica que histórica [4]. Sin embargo, la cuestión está mal
planteada. El problema no consiste en la existencia o no del EN; el problema a
resolver es si los SH pueden vivir fuera de la sociedad. Si el SH es un ser
social, el EN deja de ser un problema histórico y pasa a la categoría de
herramienta heurística. Además, “no todo pacto pone fin al estado de naturaleza
entre los hombres, sino solamente el que los hace establecer el acuerdo mutuo
de entrar en una comunidad y formar un cuerpo político” (p. 44)
Locke
concluye el capítulo con una afirmación del individualismo: “Yo (...) afirmo
que los hombres se hallan naturalmente en un estado así [EN], y que en él
permanecen hasta que, por su propio consentimiento, se hacen a sí mismos
miembros de alguna sociedad política” (p. 45). En la base del liberalismo se
encuentra la negación de la sociedad; o, en otras palabras, la negación del SH
como ser social. Eso explica la dificultad permanente del liberalismo para
articular lo individual y lo social. Pero esto ya es otra historia, que excede
con mucho la fábula contada aquí.
Villa
del Parque, jueves 11 de agosto de 2022
NOTAS:
[1]
Titulado “Del estado de naturaleza” (pp. 36-45).
[2]
Es más preciso decir que todo Absoluto, por la mera pretensión de serlo, es
falso.
[3]
El capítulo 2 abarca los parágrafos 4-15.
[4]
“Acaso puede pensarse que nunca existió un tiempo o condición en que se diera
una guerra semejante, y, en efecto, yo creo que nunca ocurrió generalmente así,
en el mundo entero, pero existen varios lugares donde viven ahora de ese modo.
Los pueblos salvajes en varias comarcas de América, si se exceptúa el régimen
de pequeñas familias cuya concordia depende de la concupiscencia natural,
carecen de gobierno en absoluto y viven en ese estado bestial a que me he
referido.” (Hobbes, Leviatán, México, D. F.: Fondo de Cultura Económica, 1998, pp.
103-104)
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