viernes, 16 de abril de 2021

WEBER Y LA SOCIOLOGÍA DE LA DOMINACIÓN: LOS TIPOS PUROS DE LA DOMINACIÓN LEGÍTIMA



“Toda la historia del desarrollo del Estado moderno (…) se identifica

con la de la moderna burocracia y de la empresa burocrática.”

Max Weber

 

Max Weber (1864-1920) dedica el cap. IX de la Segunda parte de su obra Economía y sociedad al desarrollo de la Sociología de la dominación.

Esta ficha aborda una parte de ese capítulo, el apartado “Los tres tipos puros de la dominación legítima” (pp. 706-716).

Para la redacción de esta ficha utilicé la traducción española de José Medina Echavarría, Juan Roura Parella, Eugenio Ímaz, Eduardo García Máynez y José Ferrater Mora: Weber, M. (1998). Economía y sociedad: Esbozo de sociología comprensiva. México D. F.: Fondo de Cultura Económica. xxiv, 1245 p. (Sección de Obras de Sociología). Salvo indicación en contrario, todas las citas textuales fueron tomadas de la mencionada edición. Por último, mis comentarios – cuando se desvían demasiado del sentido o el desarrollo del texto original – van entre corchetes.


Legitimidad y dominación:

El profesor Weber formula la definición de dominación al comienzo de EyS. Allí afirma que,

“Por dominación debe entenderse la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas” (p. 43)

Sin embargo, es mucho más adelante cuando se ocupa de la cuestión de los motivos por los que las personas prestan obediencia a una determinada dominación. Es cierto que la obediencia puede deberse a consideraciones utilitarias (evaluación de las ventajas y desventajas que conlleva obedecer un orden dado), a la mera costumbre o al afecto del súbdito. Pero Weber acota que una dominación fundada en los motivos anteriores sería “relativamente inestable”. Para que la dominación se fortalezca es preciso que se desarrolle alguna forma de legitimidad, esto es, la creencia de que el orden establecido es legítimo y que, por tanto, debe ser obedecido.

Existen tres formas puras de motivos de legitimidad, que serán esbozadas a continuación. [1] Cada una de ellas “se halla enlazada  - en el tipo puro – con una estructura sociológica fundamentalmente distinta del cuerpo y de los medios administrativos” (p. 707).


Dominación legal en virtud de estatuto: (pp. 707-708)

Es la dominación propia de la Modernidad. Su tipo más puro es la dominación burocrática, definida del siguiente modo:

“Su idea básica es: que cualquier derecho puede crearse y modificarse por medio de un estatuto sancionado correctamente en cuanto a la forma. (…) Se obedece, no a la persona en virtud de su derecho propio sino a la regla estatuida, la cual establece al propio tiempo a quién y en qué medida se deba obedecer.” (p. 707)

También la persona que manda obedece, al dar una orden, a una regla fijada en una norma formalmente abstracta, es decir, a una regla que no toma en consideración a los individuos. Así, el que manda es el “superior”,

“cuyo derecho de mando está legitimado por una regla estatuida, en el marco de una «competencia concreta», cuyas delimitación y especialización se fundan en la utilidad objetiva y en las exigencias profesionales puestas a la actividad del funcionario.” (p. 707).

En definitiva, tanto el mando como la obediencia están establecidos en reglas formales, que pretenden abarcar todos los casos posibles en la relación de obediencia.

El tipo de funcionario es el funcionario de formación profesional. En el ideal (por eso hablamos de tipo puro):

“Su administración es trabajo profesional en virtud del deber objetivo del cargo; su ideal es disponer (…) sin la menor influencia de motivos personales y sin influencias sentimentales de ninguna clase, libre de arbitrariedad y de capricho y, en particular, «sin consideración de la personalidad», de modo estrictamente formal según reglas racionales o bien, allí donde éstas fallan, según puntos de conveniencia «objetiva».” (p. 707)

Estos funcionarios profesionales se ordenan en una jerarquía de cargos y existe un derecho de queja reglamentado. Su fundamento es la disciplina del servicio.

Es importante señalar que el tipo de dominación legal abarca la estructura moderna del Estado y el municipio, la relación de dominio en una empresa capitalista privada, en una asociación de finalidad utilitaria, etc. Su difusión va de la mano con la necesidad de “administrar un equipo numeroso y jerárquicamente articulado” (p. 707). [2]

La dominación burocrática es el tipo más puro de dominación legal; nunca se la encuentra en estado puro, “pues ninguna es ejercida únicamente por funcionarios contratados” (p. 708). En las organizaciones políticas los cargos más altos son desempeñados por monarcas (soberanos carismáticos hereditarios), presidentes elegidos por el pueblo (señores carismáticos plebiscitados) o por una corporación parlamentaria. Tampoco el cuerpo administrativo es exclusivamente burocrático. Pero a pesar de la multiplicidad de situaciones existentes:

“Lo determinante es que el trabajo normal corra a cargo, de modo predominante y progresivo, del elemento burocrático.” (p. 707)

Por último, tiene que quedar claro que existen otras formas de dominación legal. Weber da varios ejemplos, entre ellos, los funcionarios designados por turno, por suerte o por elección.


Dominación tradicional: (pp. 708-711)

Esta forma de dominación obtiene su legitimidad “en virtud de creencia en la santidad de los ordenamientos y los poderes señoriales existentes desde siempre.” (p. 708)

Su forma pura es el dominio patriarcal. Aquí la asociación de dominio es comunización; el que da las órdenes es el señor; los que obedecen son súbditos. “Se obedece a la persona en virtud de su dignidad propia, santificada por la tradición: por fidelidad.” (p. 708).

A diferencia de la dominación legal, el dominio se asocia a la persona de quien lo ejerce; con la salvedad de que ésta debe seguir la tradición, la manera habitual de hacer las cosas, cristalizada en las costumbres.

Este tipo de dominación presenta serias dificultades para realizar cambios: “En principio se considera imposible crear nuevo derecho frente a las normas de la tradición.” (p. 709)

A partir de lo anterior es posible establecer los límites de este tipo de dominación:

“Fuera de las normas de la tradición (…) la voluntad del señor sólo se halla ligada por los límites que le pone en cada caso el sentimiento de equidad, o sea, en forma estrictamente elástica: de ahí que su dominio se divida en un área estrictamente ligada por la tradición y otra, de la gracia y el arbitrio libres, en la que obra conforme a su placer, su simpatía o antipatía y de acuerdo con puntos de vista puramente personales susceptibles, en particular, de dejarse influir por complacencias también personales.” (p. 709).

El cuerpo administrativo consta de individuos que dependen directamente del señor (familiares o funcionarios domésticos), o de parientes o de amigos personales (favoritos), o de elementos que le están ligados por un vínculo de fidelidad (vasallos, príncipes tributarios). Su campo de acción se regula en cada caso por la discreción del señor. “De hecho se rige en gran parte por lo que los servidores pueden permitirse frente a la docilidad de los súbditos.” (p. 709).

El profesor Weber distingue dos formas en la modalidad de la posición del cuadro administrativo: a) estructura puramente patriarcal (cuya tipo más puro es el dominio sultanesco). La administración “es totalmente heterónoma y heterocéfala”; el cuerpo administrativo depende por completo del señor, o sea “no existe garantía alguna contra su arbitrariedad, cuya extensión posible es, por consiguiente, mayor aquí que en otra parta alguna.” (p. 709). En síntesis, “el dominio es tratado como un bien corriente de la fortuna del señor” (p. 709); b) estructura de clase, donde los servidores son personas independientes del señor, que poseen una posición social prominente y que acceden al cargo por privilegio o concesión del señor, o por un negocio jurídico (por ejemplo, arriendo del cargo). Ejercen la administración de modo autocéfalo y autónomo, ejerciéndose por cuenta propia y no del señor (dominación gremial). En síntesis, “el poder señorial se halla, pues, repartido entre el señor y el cuerpo administrativo con título de propiedad y privilegiado, y esta división de poderes por clases caracteriza en alto grado el tipo de la administración.” (p. 710)

Existen diversas formas de dominación tradicional. En general, “toda clase de «superioridad» que con éxito asume autoridad legítima en virtud simplemente de habituación inveterada pertenece a la misma categoría, aunque no presente una característica tan clara.” (p. 710)

La dominación tradicional se reproduce en el seno de la familia (entendida ésta como grupo familiar ampliado, que incluye parientes y servidores). [3] Weber remarca que

“la fidelidad inculcada en las relaciones del niño con el jefe de familia constituye el contraste más típico con la posición del trabajador ligado por contrato a una empresa por una parte y con la relación religiosa emocional del miembro de una comunidad con respecto a un profeta, por la otra.” (p. 710)

[Por eso, la comprensión de los rasgos fundamentales de la dominación tradicional permite, por comparación, entender lo específico de la dominación en la moderna sociedad capitalista. En este sentido, puede retomarse el análisis de Karl Marx (1818-1883) en el capítulo 24 del Libro Primero de El capital (1867), quien marca la diferencia entre las relaciones de dependencia personal de los trabajadores y la liberación del trabajador moderno respecto a toda forma de sujeción personal (es libre en términos jurídicos.]

No debe pensarse que la dominación tradicional se basa exclusivamente en la tradición; en ella coexisten un ámbito de actividades ligadas a la tradición, y otro ámbito de actividad libre. Esto se relaciona con la distinción entre la estructura puramente patriarcal de la dominación y la estructura de clase tratada más arriba. Si bien no desarrolla aquí este punto, el profesor Weber sostiene que,

“La separación entre las estructuras patriarcal y de clase de la dominación tradicional es fundamental para toda sociología del Estado de la época preburocrática.” (p. 711)

Por eso es un error tratar la dominación patriarcal como un bloque monolítico: “Toda forma de dominación de clase basada en una apropiación más o menos fija del poder de administración se halla, en relación con el patriarcalismo, más cerda de la dominación legal” (p. 711). En ella existe una competencia de los privilegiados y una división de poderes por clases que recorta el margen de discrecionalidad del señor.

[La dominación tradicional, concebida en su tipo puro, aparece como la forma de dominación menos permeable al cambio; no obstante, hay que tener presente lo expuesto por Weber respecto a la distinción entre las estructuras patriarcal y de clase. Además, la discrecionalidad del señor puede introducir modificaciones en los procedimientos tradicionales. En resumidas cuentas, no existe forma de dominación que sea impermeable a los cambios.]


Dominación carismática: (pp. 711-716)

Este tipo de dominación se da “en virtud de devoción afectiva a la persona del señor y a sus dotes sobrenaturales (carisma) [4] y, en particular: facultades mágicas, revelaciones o heroísmo, poder intelectual u oratorio. Lo siempre nuevo, lo extracotidiano, lo nunca visto y la entrega emotiva que provocan constituyen aquí la fuente de la devoción personal.” (p. 711)

Sus tipos más puros son: el dominio del profeta, del héroe guerrero y del gran demagogo.

La asociación de dominio es la comunicación en la comunidad o en el séquito. El tipo del que manda es el caudillo; el tipo del que obedece es el apóstol.

El carisma implica un grado enorme de autoridad (y de obediencia), pero tiene límites bien precisos: la obediencia cesa cuando el carisma deja de existir. Si el caudillo sufre derrotas militares o no se cumplen sus profecías, pierde autoridad (el carisma deja de existir).

El cuerpo administrativo es elegido en función de su carisma y devoción personal, no por su calificación profesional. La administración carece de toda orientación por reglas, sean éstas estatuidas o tradicionales.

“La forma genuina de la jurisdicción y el zanjamiento de litigios carismáticos es la proclamación de la sentencia por el señor y el sabio y su aceptación por la comunidad (de defensa o de credo), y esta sentencia es obligatoria, siempre que no se le oponga otra, concurrente, de carácter asimismo carismático.” (p. 712)

Weber indica que,

La autoridad carismática es uno de los grandes poderes revolucionarios de la historia, pero, en su forma absolutamente pura, es por completo autoritaria y dominadora.” (p. 713; el resaltado es mío – AM-)

[El carácter extraordinario de la autoridad emanada del carisma explica su capacidad para transformar las relaciones sociales existentes. Esta cuestión no puede ser desestimada al momento de estudiar el cambio social. En esta línea de pensamiento es importante analizar las condiciones de posibilidad del surgimiento del carisma o, dicho de modo más preciso, ¿en qué condiciones sociales se hace viable la aparición de la dominación carismática?]

Como se dijo, “la dominación carismática es una relación social específicamente extraordinaria y puramente personal” (p. 714). Esto da pie a la aparición de un problema político significativo: la cuestión de la sucesión. ¿En otras palabras, es posible la transferencia del carisma a un sucesor? De ser así, ¿cuáles son los mecanismos utilizados para realizar esa transferencia de modo legítimo?

El profesor Weber escribe que la primera pregunta tiene respuesta afirmativa. Para comprender la manera (sería mejor decir, las maneras) en que se efectúa la transferencia del carisma es necesario estudiar la solución que se le da en cada caso determinado al problema de la sucesión. Dedica el resto del apartado (pp. 714-716) a las diferentes modalidades que asumió la sucesión a lo largo de la historia.

 

Villa del Parque, viernes 16 de abril de 2021


ABREVIATURAS:

EyS = Economía y sociedad


NOTAS:

[1] El profesor Weber utiliza en todo el apartado la herramienta metodológica de los tipos ideales. Para una descripción de dicha herramienta puede consultarse EyS, p. 16.

[2] Weber indica que “toda la historia del desarrollo del Estado moderno, en particular, se identifica con la de la moderna burocracia y de la empresa burocrática (…), del mismo modo que toda la evolución del gran capitalismo moderno se identifica con la burocratización creciente de las explotaciones económicas. La parte de las formas de dominación burocrática está en ascenso en todas partes.” (p. 708; el resaltado es mío – AM-)

[3] Weber lo señala expresamente: “La asociación doméstica constituye la célula reproductora de las relaciones tradicionales de dominio” (p. 710)

[4] “Se comprende que la expresión «carisma» se emplea aquí en un sentido desprovisto por completo de significado de valor. Para el sociólogo, la cólera maníaca del hombre-fiera nórdico, los milagros y las revelaciones de cualquier profeta de secano o las dotes demagógicas de Cleón son «carisma» con el mismo título que las cualidades de un Napoleón, de Jesús o de Pericles. Porque para nosotros lo decisivo es si se consideraron como carisma y si actuaron como tal, es decir: si hallaron o no reconocimiento. El supuesto indispensable para ello es el «acreditamiento»: el señor carismático ha de acreditarse como señor «por la gracia de Dios», por medio de milagros, éxitos y prosperidad del séquito o de los súbditos. Si le falla el éxito, su dominio se tambalea.” (p. 713)

miércoles, 14 de abril de 2021

LA DEFINICIÓN DE LOS CONCEPTOS DE DOMINACIÓN Y ESTADO EN MAX WEBER




El sociólogo alemán Max Weber (1864-1920) desarrolló las líneas fundamentales de su teoría de la dominación política en su obra Economía y sociedad. Allí, en el capítulo 1, se encuentran los conceptos que sirven de base a su exposición de  los tipos de dominación. [1] La presente ficha tiene como objetivo presentar esos conceptos, siguiendo el pensamiento weberiano del modo más textual posible.

Para la redacción de esta ficha utilicé la traducción española de José Medina Echavarría, Juan Roura Parella, Eugenio Ímaz, Eduardo García Máynez y José Ferrater Mora: Weber, M. (1998). Economía y sociedad: Esbozo de sociología comprensiva. México D. F.: Fondo de Cultura Económica. xxiv, 1245 p. (Sección de Obras de Sociología).


Poder y dominación:

Weber comienza su exposición definiendo tres conceptos:

Poder = “la probabilidad de imponer la propia voluntad, dentro de una relación social, aun contra toda resistencia y cualquiera que sea el fundamento de esa probabilidad.” (p. 43)

Dominación = “la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas”. (p. 43)

Disciplina = “la probabilidad de encontrar obediencia para un mandato por parte de un conjunto de personas que, en virtud de actitudes arraigadas, sea pronta, simple y automática.” (p. 43)

Indica que la noción de poder es “sociológicamente amorfa” [2], dado que todas las cualidades de los seres humanos y una infinita multiplicidad de situaciones pueden colocar a alguien en la posición de imponer su voluntad. Un concepto tan amplio, en rigor, no explica nada. Por eso el concepto de dominación tiene que ser más preciso, si se pretende que resulte útil en la explicación de los fenómenos sociológicos.

Ahora bien, el concepto de dominación tiene mayor precisión que el de poder, pues se concentra en la probabilidad de obediencia a un mandato. La disciplina, en cambio, implica una obediencia habitual por una masa sin resistencia de crítica; se relaciona con la dominación tradicional. [3]

Dominación, asociaciones de dominación y asociaciones políticas:

El profesor Weber sostiene que  la situación de dominación

“está unida a la presencia actual de alguien mandando efectivamente a otro, pero no está unidad incondicionalmente ni a la existencia de un cuadro administrativo ni a la de una asociación; por el contrario, sí lo está ciertamente – por lo menos en todos los casos normales – a una de ambas.” (p. 43)

En base a lo anterior puede definirse como asociación de dominación a la asociación en la que “sus miembros están sometidos a relaciones de dominación en virtud del orden vigente.” (p. 43) [4] Weber agrega que toda asociación “es siempre en algún grado asociación de dominación por la simple existencia de su cuadro administrativo” (p, 43)

El carácter específico de una asociación esté determinada por: a) la forma en que se administra; b) el carácter del grupo de personas que ejercen la administración; c) los objetos administrados; d) el alcance de la dominación. [5]

Weber concede especial atención a un tipo de asociación de dominación, la asociación política:

“Una asociación de dominación debe llamarse asociación política cuando y en la medida en que su existencia y la validez de sus ordenaciones, dentro de un ámbito geográfico determinado, estén garantizados de un modo continuo por la amenaza y aplicación de la fuerza física por parte de su cuadro administrativo.” (p. 43)

La forma más conocida de asociación política es el Estado, esto es,

“un instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantenga con éxito la pretensión al monopolio legítimo de la coacción física para el mantenimiento del orden vigente.” (p. 43-44)

A partir de lo dicho en el párrafo anterior, se distingue un tipo especial de acción social, la acción políticamente orientada,

“cuando  y en la medida en que tiende a influir en la dirección de una asociación política; en especial a la apropiación o expropiación, a la nueva distribución o atribución de los poderes gubernamentales.” (p. 44)

La violencia, rasgo esencial de las asociaciones políticas:

El elemento distintivo de las asociaciones políticas es la utilización de la  violencia como medio para garantizar la dominación. El profesor Weber lo explica así:

“Es de suyo evidente que en las asociaciones políticas no es la coacción física el único medio administrativo, ni tampoco el normal. Sus dirigentes utilizan todos los medios posibles para la realización de sus fines. Pero su amenaza y eventual empleo es ciertamente su medio específico y, en todas partes, la ultima ratio [último argumento] cuando los demás medios fracasan.” (p. 44)

Las asociaciones políticas han tenido multitud de fines a lo largo de la historia.  Eso hace impracticable definirlas a partir de su fin. Por ello es mejor definirlas a partir del medio que han utilizado (y que utilizan) en todos los tiempos y lugares: la coacción física. [6]

La cuestión se ve clara cuando se analiza el Estado moderno. Con independencia de los fines que se proponen los diferentes Estados, su rasgo esencial es el “carácter monopólico del poder estatal” (p. 45)

Otras asociaciones de dominación. La Iglesia:

Weber señala que existe otro tipo de asociación de dominación, la asociación hierocrática = “una asociación de dominación cuando y en la medida en que aplica para la garantía de su orden la coacción psíquica, concediendo y rehusando bienes de salvación (coacción hierocrática).” (p. 44). La Iglesia es un ejemplo de instituto hierocrático. [7]

En este punto no es importante la cuestión del tipo de bienes de salvación ofrecidos (que pueden estar en el “más allá” o en este mundo), sino “el hecho de que su administración pueda constituir el fundamento de su dominación espiritual sobre un conjunto de hombres” (p. 45).

Las asociaciones hierocráticas se caracterizan, pues, por administrar bienes de salvación y por ejercer coacción psíquica sobre sus miembros.  La Iglesia se distingue entre este tipo de asociaciones por “su carácter de instituto racional y de empresa (relativamente) continuada, como se exterioriza en sus ordenaciones, en su cuadro administrativo y en su pretendida dominación monopólica.” (p. 45). [8] Sin embargo, a diferencia del Estado, el monopolio de la dominación territorial no es esencial para la Iglesia.

 

Villa del Parque, miércoles 13 de abril de 2021


NOTAS:

[1] La exposición de los tipos de dominación se encuentra en el cap. III de la Primera parte de Economía y sociedad, titulado precisamente “Los tipos de dominación” (pp. 170-241).

[2] Es importante tener presente esta observación cuando se emprende la lectura de las obras del filósofo francés Michel Foucault (1926-1984).

{3] La dominación tradicional es analizada en el tercer apartado (Dominación tradicional) del mencionado cap. III (pp. 180-193).

[4] Weber entiende por asociación [Verband] “una relación social con una regulación limitadora hacia fuera cuando el mantenimiento de su orden está garantizado por la conducta de determinados hombres destinada en especial a ese propósito: un dirigente y, eventualmente, un cuadro administrativo que, llegado el caso, tienen también de modo normal el poder representativo.” (p. 39)

[5] Los ítems a y b dependen mayormente de los fundamentos de la legitimidad de la dominación.

[6] “Sólo se puede definir (…) el carácter político de una asociación por el medio – elevado en determinadas circunstancias al fin en sí – que sin serle exclusivo es ciertamente específico y para su esencia indispensable: la coacción física.” (p. 44)

[7] La Iglesia es “un instituto hierocrático de actividad continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantiene la pretensión al monopolio legítimo de la coacción hierocrática.” (p. 44)

[8] Weber denomina instituto a “una asociación cuyas ordenaciones estatuidas han sido «otorgadas» y rigen de hecho (relativamente) con respecto a toda acción que con determinadas características dadas tenga lugar en el ámbito de su poder.” (p. 42). A su vez, llama empresa a “una acción que persigue fines de una determinada clase de un modo continuo.” (p. 45)


sábado, 3 de abril de 2021

EL PROCESO DE INDEPENDENCIA DE AMÉRICA LATINA SEGÚN L. ZANATTA


 

El capítulo 2 de la obra Historia de América Latina: De la Colonia al siglo XXI, del historiador italiano Loris Zanatta (n. 1943), se titula “La independencia de América Latina” y abarca las páginas 35-51 del libro.

Zanatta, especialista en América Latina y en el peronismo, se desempeña como profesor de Historia de América Latina en la Universidad de Bologna (Italia).

Para la redacción de la ficha utilicé la siguiente edición:  Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI. 288 p. (Biblioteca Básica de Historia). Traducción de Alfredo Grieco y Bavio y Guillermo David. Todas las citas textuales pertenecen a esta edición. Por último, mis comentarios personales van entre corchetes.


Invasión napoleónica y vacío de poder en España

La invasión napoleónica a Portugal (1807) y España (1808) marcó el inicio del derrumbe de los imperios ibéricos en América Latina. Sin embargo, los casos de Portugal y España son distintos. La corte lusitana, encabezada por la reina María I (1734-1816; reina de Portugal entre 1777 y 1816) y el príncipe regente y monarca de hecho, Juan VI (1767-1826; rey de Portugal de facto desde 1792 y de hecho desde 1816 hasta 1826), logró evitar ser capturada por las tropas francesas y se trasladó a Brasil. De ese modo se crearon las condiciones para una independencia indolora.

Las cosas se dieron de manera completamente diferente en el caso español. Napoleón Bonaparte (1769-1821) hizo encarcelar al rey Carlos IV (1748-1814; rey de España en 1788-1808) y a su hijo y sucesor Fernando VII (1784-1833; rey de España entre marzo y mayo de 1808, y de 1814 a 1833). El emperador francés impuso en el trono español a su hermano José I Bonaparte (1768-1844; rey de España entre 1808 y 1813). Se produjo así un vacío de poder, porque la mayoría de la población española rechazó al rey impuesto por Napoleón; se desarrolló la Guerra de Independencia Española (1808-1814).

Los sucesos de España hicieron que las colonias americanas se vieran obligadas a discutir los fundamentos del orden y de la soberanía política: ¿estaban atadas a la suerte de la monarquía española y debían someterse a quien ocupara el trono? Si esto era así y puesto que no había rey legítimo: ¿las colonias podían gobernarse a sí mismas?

En España la respuesta al vacío de poder fue la conformación de juntas de gobierno en diferentes ciudades y regiones. En Cádiz se constituyó una junta que reivindicó el poder en nombre de Fernando VII y reclamó obediencia a los súbditos americanos. Éstos se preguntaron: ¿quién gobernaba el reino y sobre qué derechos? ¿Acaso todas las ciudades y reinos, en España y América, volvían a ser libres?

La independencia de las colonias americanas obedeció a la conjunción de múltiples causas. Algunas de ellas eran estructurales (remotas): las Reformas Borbónicas y las reacciones a ellas; la consolidación de usos, intereses, vínculos e identidades de largo alcance en las colonias. Otras fueron de carácter coyuntural: la mencionada invasión francesa a la península ibérica. En este punto, el profesor Zanatta señala que,

“Lo que importa es establecer un método e indicar que, para el estudio de un problema histórico complejo, se requiere la conciencia de que sus casusas también fueron múltiples y complejas.” (p. 38)

Período autonomista, 1810-1814 [3]

Entre 1810 y 1814 se desarrolló el período autonomista en el proceso de independencia americana.

La primera reacción concreta de los colonos frente al mentado vacío de poder fue la constitución de juntas, esto es, órganos políticos encargados del ejercicio de la autoridad). [1] Estas juntas, al igual que sus homólogas españolas, declararon que asumían el poder en nombre del cautivo Fernando VII; ninguna de ellas expresó la voluntad de proclamar la independencia.

Pero las juntas mostraron la decisión de las elites criollas de reformular el pacto colonial, desarmando los restos de la experiencia centralizadora emprendida por los Borbones a mediados del siglo XVIII. Las elites revocaron el monopolio comercial español y liberaron el comercio con los ingleses.

¿Qué sucedía mientras tanto en España?

El vacío de poder fue resuelto por el Consejo de Regencia, instalado en Cádiz. Éste convocó a elección de Cortes, una asamblea de representantes encargada de redactar una Constitución. [2] En concreto, la Junta de Cádiz promulgó a comienzos de 1810 el decreto de convocatoria a elecciones para las Cortes. Toda provincia americana podía enviar un diputado como representante a las Cortes; en las elecciones podían participar indios y mestizos. Una vez reunidas, las Cortes contaron con la participación de 300 diputados (de ellos, 64 eran representantes de las colonias americanas). [4] El producto de las Cortes fue la Constitución de 1812, liberal y centralista a la vez.

La Constitución no conformó a las elites criollas; más bien, profundizó el descontento con la metrópoli, pues no se concedía la autonomía exigida por los americanos. De este modo, la caída del imperio español en América fue consecuencia de la conjunción de dos corrientes: a) los defensores de la vieja sociedad corporativa, que se oponían a los liberales españoles; b) los defensores de las ideas liberales, que exigían plena autonomía para las colonias.

Guerra de independencia, 1814-1824

1814 Fernando VII recuperó el trono y anuló la Constitución de 1812. Se produjo así la Restauración del absolutismo; los liberales pasaron a ser perseguidos. El monarca envió tropas a las colonias (sobre todo a Venezuela) para restablecer la dominación española. Aquí comenzó la guerra de independencia americana propiamente dicha, que se prolongó hasta 1824.

Por su parte, Brasil logró la independencia en 1822, cuando Pedro I (1798-1834; emperador de Brasil entre 1822 y 1834) instituyó una monarquía constitucional independiente en el territorio brasileño, haciéndose eco del rechazo de las élites criollas a las pretensiones portuguesas de imponer nuevamente el centralismo. No hubo movilización popular y Brasil conservó su integridad territorial sin dificultades.

[Zanatta hace un tratamiento superficial del proceso de independencia de América Latina, que resulta llamativo aún en una obra que pretende ser un compendio.]

 

Villa del Parque, 3 de abril de 2021


NOTAS:

[1] En este sentido, su reacción no difirió de la de diversas regiones, ciudades y pueblos españoles, que constituyeron juntas como respuesta al encarcelamiento del rey Fernando VII.

[2] El pensamiento liberal concebía a la constitución como la llave maestra para transformar las instituciones políticas y sociales de un país, creando un nuevo orden basado en los principios del liberalismo.

[3] Zanatta valora la importancia de este período afirmando que los criollos por primera vez asumieron el poder en primera persona.

[4] Ni Buenos Aires ni Venezuela enviaron representantes a las Cortes. Cabe agregar que Zanatta omite que los representantes americanos que tomaron parte de las Cortes fueron elegidos por los residentes americanos en Cádiz (salvo el caso del representante de Puerto Rico).


jueves, 1 de abril de 2021

LAS REFORMAS BORBÓNICAS Y LA CRISIS DEL ORDEN COLONIAL EN LA AMÉRICA ESPAÑOLA

 


En la continuación de la serie dedicada a la historia de América Latina llega el turno de un trabajo del historiador inglés John Lynch (1927-2018), “Los orígenes de la independencia hispanoamericana”. Lynch fue especialista en historia de España y en el proceso de la independencia latinoamericana. Cursó estudios en la Universidad de Edimburgo (MA, 1952) y en la de Londres (PhD, 1955). Fue profesor en las Universidades de Liverpool (1954-1961) y Londres (desde 1961); en esta última institución dirigió el Institute of Latin American Studies (1974-1987).

El trabajo mencionado fue incluido en la obra colectiva Historia de América Latina, dirigida por Leslie Bethell (n. 1937). Se ha utilizado la traducción española de Ángels Solá: Bethell, L. (ed.). (1991). Historia de América Latina: 5. La Independencia. Barcelona, España: Crítica. 264 p. (Serie Mayor). (pp. 1-40)

Lynch presta especial atención al papel jugado por las RB en la desarticulación del viejo pacto colonial que mantenía unificado al imperio español. Desde su perspectiva, el camino a la independencia de América Latina tuvo un desencadenante exógeno. Esta visión debe ser complementada con un estudio de los factores endógenos que condujeron a la emancipación latinoamericana.

Abreviaturas:

AL = América Latina / RB = Reformas Borbónicas


En las postrimerías del s. XVIII España era una “metrópoli antigua, pero sin desarrollo” (p. 1): exportaba materias primas; dependía de una marina mercante extranjera; estaba gobernada por una elite señorial sin tendencia al ahorro y a la inversión.

“Caso extraño en la historia moderna: una economía colonial dependiente de una metrópoli subdesarrollada.” (p. 1).

¿Cómo se llegó a esta situación?

Lynch comienza por describir los rasgos principales del Imperio español en AL en el período anterior a las RB. Existía un equilibrio de poder entre la Administración (1), la Iglesia (2) y la elite local (3).

(1) Se trata de la administración colonial. Poseía el poder político pero tenía escaso poder militar. Basaba su poder en la soberanía de la Corona y en sus propias funciones burocráticas. En vez de ser el instrumento de un Estado centralizado, en la práctica cumplía el rol de intermediario entre la Corona y sus súbditos americanos.

(2)Reforzaba la soberanía secular.

(3)Eran los propietarios rurales y urbanos; detentaban el poder económico. Constituidas por una minoría de peninsulares y una mayoría de criollos. En el siglo XVIII controlaban el poder en toda América. Poseían intereses territoriales, mineros y mercantiles; lazos de amistad y alianza con la burocracia colonial [1]; fuerte sentido de la identidad regional.

Las Reformas Borbónicas:

El proceso de reformas se inició alrededor de 1750. Se trató de un conjunto de medidas que abarcaron todas las áreas del gobierno imperial; su propósito fundamental consistió en modernizar la economía, la sociedad y las instituciones españolas. Su núcleo era atacar la disminución de la productividad de la economía del Imperio.

El proceso se inspiró en consideraciones de orden pragmático; coexistieron las ideas de los fisiócratas (primacía de la agricultura y del papel del Estado); del mercantilismo (la explotación más eficaz de los recursos de las colonias); liberalismo económico (la eliminación de las restricciones comerciales e industriales – con la salvedad de que la Corona jamás se planteó la supresión del monopolio comercial español); Ilustración (la preferencia por la Razón y la experimentación, opuestas a la autoridad y la tradición). Por esto sus formulaciones políticas fueron “inconsecuentes” [o, mejor dicho, fueron consecuentes en la preservación del absolutismo]; la modernización coexistía con la tradición.

Cabe hablar de reformas porque sus impulsores (básicamente la Corona, los funcionarios de más alto rango y varios intelectuales) [Lynch no aborda la cuestión de las clases y grupos sociales que promovieron y apoyaron las RB] se propusieron reformar las instituciones existentes antes que crear otras nuevas. Por ejemplo: se impulsó la mejora de la agricultura en vez de la industria. [2]

Las RB no lograron su objetivo primordial; España siguió siendo una potencia en decadencia. Sin embargo, alteraron el equilibrio entre los grupos locales en AL. Esto fue la consecuencia directa de los objetivos del proceso reformista. El profesor Lynch examina una por una las áreas afectadas por las RB y analiza sus efectos en AL:

Reformas administrativas

En este campo la finalidad de las medidas reformistas era la centralización del control y la modernización de la burocracia. Pero las elites locales interpretaron [correctamente] estos cambios como un ataque a sus intereses.

Las Ordenanzas de Intendentes (1784, Perú; 1786, México) se constituyó en el instrumento central de la RB; desarmó el sistema administrativo anterior. [3] Terminó con los repartimientos, sustituyó a los corregidores y a los alcaldes mayores por intendentes, asistidos por subdelegados en los pueblos de indios. Introdujo la figura de los funcionarios remunerados; garantizó a los indios el derecho a comerciar y a trabajar como quisieran. La desarticulación del régimen anterior produjo una crisis: los indios carecían de crédito; disminuyó la producción y el comercio. Las elites locales sabotearon las reformas y rechazaron lo que consideraban el nuevo absolutismo.

Reformas eclesiásticas

Los Borbones atacaron a la Iglesia (a su poder secular, no a su doctrina) porque la consideraban un poder corporativo, opuesto a la centralización del poder en torno a la Corona. En este sentido, el hito principal de las reformas fue la expulsión de los jesuitas (1767), una de las órdenes religiosas más poderosas. En AL había 2500 jesuitas; sus bienes fueron comprados por las familias criollas más ricas. Las reformas avanzaron sobre los fueros de la comunidad eclesiástica; esto golpeó sobre todo al bajo clero (para ellos, los fueros eran prácticamente su única ventaja material). Todo esto genero descontento en las colonias; de las filas del bajo clero, por ejemplo, salieron muchos oficiales insurgentes y jefes guerrilleros de las guerras de Independencia.

Reformas militares

El Ejército era muy débil en las colonias (por falta de recursos de la Corona); constituido por milicias de americanos y unas pocas unidades peninsulares. En 1760 se creó una nueva milicia, encargada de la defensa y cuyo financiamiento corrió a cargo de las colonias. Sus miembros tenían fuero militar. La novedad es que los oficiales y, a veces, los jefes, eran criollos. Lynch comenta: “España creó un arma que en última instancia podía volverse contra ella” (p. 8). A pesar de las protestas de los peninsulares (reacios a armar a criollos, mestizos y negros), la americanización del ejército regular de las colonias “fue un proceso irreversible” (p. 8).

Reformas económicas

Su eje consistió en ejercer mayor control sobre las colonias, para obligar a las economías locales a trabajar directamente para España y enviar a la metrópoli el excedente de la producción y los ingresos.

En 1750 se aprobaron medidas para incrementar los ingresos imperiales: a) monopolios sobre mercancías (tabaco, aguardiente, pólvora, sal, etc.); b) la administración directa de las contribuciones volvió a quedar en manos del gobierno (antes se hallaba arrendada a particulares).

Los nuevos ingresos de la Corona no se gastaban en las Colonias; se convertían en metálico que se enviaba a España. [4] Las quejas de los productores americanos fueron in crescendo a partir de fines del s. XVIII; muchos pensaban que el dominio español “era un obstáculo a la productividad y el beneficio” (p. 10). La resistencia a los impuestos imperiales se intensificó a partir de 1765. [5]

Ahora bien, los reformadores no eran ingenuos. Ellos “quisieron ejercer una presión fiscal creciente sobre una economía controlada y en expansión” (p. 11). O sea, el aumento de impuestos era viable en la medida en que hubiera crecimiento económico. Para ello se reorganizó el comercio colonial, con el objetivo de rescatarlo de manos extranjeras: “su ideal era exportar productos españoles en barcos nacionales a un mercado imperial” (p. 11). En síntesis, ello significaba la instauración de un nuevo pacto colonial.

Pero, ¿en qué condiciones materiales se realizaría ese pacto?

El 80 % de las exportaciones de América a España estaba conformado por metales preciosos; el 20 % eran materias primas comercializables. No se permitían industrias manufactureras en las colonias, salvo molinos azucareros. [6] La agricultura y la industria española experimentaron “cierta revitalización”. Pero, las exportaciones españolas a América eran, en su mayoría, productos agrícolas (aceite de oliva, vino y aguardiente, harina, frutos secos).

Las exportaciones españolas competían, no se complementaban, con los productos americanos.

A lo anterior hay que agregarle que una parte sustancial de las exportaciones españolas hacia las colonias consistía en la reexportación de productos extranjeros (el 75 % del comercio colonial era de origen extranjero).

“España continuó siendo una cuasimetrópoli, apenas más desarrollada que sus colonias.” (p. 13)

¿Qué efectos tuvieron las RB sobre las colonias?

Ante todo, “el comercio libre dejó intacto el monopolio” (p. 13). Las colonias tenían vedado el acceso a los mercados internacionales, a excepción del contrabando. En general, la situación empeoró porque las colonias necesitaban más dinero para pagar las importaciones crecientes. [7]

El quid de la cuestión radicaba en que:

“La metrópoli no contaba con los medios o no tenía interés en ofrecer los diversos factores necesarios para el desarrollo, para invertir en el crecimiento y para coordinar la economía imperial.” (p. 14)

En consecuencia,

“El papel de América continuó siendo el mismo: consumir las exportaciones españolas y producir minerales y algunos productos tropicales. En estos términos, el comercio libre iba ligado necesariamente al incremento de la dependencia, volviendo a una concepción primitiva de las colonias y a una dura división del trabajo, después de un largo período en que la inercia y quizás el consenso habían permitido cierto grado de desarrollo autónomo.” (p. 14)

Las RB terminaron con la Revolución Francesa, que provocó el miedo de las elites metropolitanas; toda reforma pasó a ser vista como un germen de revolución. Se produjo una reacción conservadora bajo el reinado de Carlos IV, cuyo gobierno se extendió entre 1788 y 1808.

El Imperio español no soportó la prueba de las guerras contra Inglaterra. Durante la primera de ellas (1796-1802), las colonias quedaron aisladas de la metrópoli, a punto tal que en éstas se produjo la creación y/o renovación de las manufacturas textiles. Este proceso se acentuó en la segunda guerra contra los británicos (1804-1808). La Armada inglesa aplastó a la flota española en el Cabo de San Vicente (1797) y Trafalgar (1805); Cádiz (el principal puerto español de exportación/importación a las colonias) fue bloqueada y lo mismo ocurrió con los puertos hispanoamericanos. El comercio español se derrumbó. Ante los hechos consumados, la Corona emitió un decreto que permitía el comercio legal y cargado de impuestos con Hispanoamérica en buques neutrales (1797); el comercio quedó en manos extranjeras; España conservó las cargas del imperio pero ninguno de sus beneficios. Si bien la autorización mencionada fue revocada (20 de abril de 1799), varias colonias (Cuba, Venezuela y Guatemala) hicieron caso omiso de la revocación y siguieron comerciando con los neutrales.

El monopolio comercial español concluyó de hecho en el período 1797-1801.

Perdido el monopolio comercial, España sólo conservaba el control político. Este control era precario y había empezado a ser cuestionado varias décadas antes, en una serie de rebeliones que mostraron la agudización de las tensiones entre criollos y españoles a partir de la implementación de las RB. [8]

Bajo los Borbones, el gobierno imperial procuro desamericanizar la administración colonial: reducción de la participación criolla en la Iglesia y la administración; intento de romper las relaciones existentes entre los funcionarios y las familias poderosas a nivel local. Este nuevo imperialismo acentuó las diferencias entre criollos y peninsulares.

Las elites locales, que mantenían estrechos vínculos con la administración colonial, sabían que su influencia alcanzaba sólo al ámbito de su región; sin embargo, eso no los hacía partidarios per se de la independencia. Pero también tenían puesta la atención en los de abajo: procuraban por todos los medios mantener a distancia a la gente de color. Así, de un lado estaban los blancos (peninsulares y criollos, ricos y pobres); del otro, los indios, los mestizos, los negros libres, los mulatos y los esclavos. La política borbónica intentó favorecer la movilidad social: los pardos (negros libres y mulatos) fueron admitidos en la milicia; luego la ley del 10 de febrero de 1795 ofrecía a los pardos la dispensa del estado de infame: los solicitantes que obtuvieran dicha dispensa eran autorizados a recibir educación, a casarse con un blanco, a tener cargos públicos y a entrar al sacerdocio. Como era de esperarse, los blancos se opusieron a estas concesiones y perdieron la confianza en el gobierno español; en otras palabras, comenzaron a dudar de la voluntad española de defenderlos.

Hacia 1810,

“El gobierno hacía poco que había reducido su influencia política mientras que las clases populares estaban amenazando su hegemonía social. En esas circunstancias, cuando la monarquía se derrumbó en 1808, los criollos no podían permitir que el vacío político se mantuviera así, y que sus vidas y sus bienes quedaran sin protección. Tenían que actuar rápidamente para anticiparse a la rebelión popular, convencidos como estaban de que si ellos no se aprovechaban de la situación, lo harían otros sectores más peligrosos.” (p. 26)

En la última parte del trabajo, el profesor Lynch examina varios fenómenos previos a la rebelión general de 1810:

a) aparición de incipiente nacionalismo (criollo, no indio). Las diferentes colonias rivalizaban entre ellas. El concepto de América resultaba demasiado vago en un continente demasiado vasto;

b) la influencia de la Ilustración, que en AL fue un instrumento de la modernización planteada por los Borbones. Su contenido político (por ejemplo: la igualdad) quedó en segundo plano ante el énfasis puesto en la importancia del conocimiento práctico y la ciencia. En otros términos,

“En general (…) la Ilustración inspiró en sus discípulos criollos, más que una filosofía de la liberación, una actitud independiente ante las ideas e instituciones recibidas, significó una preferencia por la razón frente a la tradición, por la ciencia frente a la especulación. Sin duda estas fueron influencias constantes en la América española, pero por el momento fueron agentes de reforma y no de destrucción.” (p. 35)

Pero también algunos criollos comenzaron a mirar más allá de la reforma, hacia la revolución. Así, en julio de 1797 estalló una rebelión en La Guaira (Venezuela), liderada por Manuel Gual y José María España, cuyo objetivo central era establecer una república independiente en Venezuela. Participaron pardos y blancos pobres, trabajadores y pequeños propietarios. Exigían libertad e igualdad, abolición del tributo indio y de la esclavitud de los negros, libertad de comercio. Fue aplastado, pues su radicalismo unió a criollos y españoles.

Por último, destaca la influencia de las revoluciones de Estados Unidos, Francia y Haití.

 

Villa del Parque, jueves 1 de abril de 2021


NOTAS:

[1] La debilidad del gobierno colonial y su perenne necesidad de recursos permitió a las elites desarrollar formas efectivas de resistencia frente a los funcionarios de la Corona.

[2] El énfasis en la agricultura obedecía, también, a un problema demográfico. La población de España pasó de 7,6 millones de habitantes a principios del siglo XVIII a 12 millones en 1808. Esto motivó la aparición de una fuerte presión sobre la tierra y el incremento de la demanda de alimentos.

[3] El sistema anterior giraba en torno a los alcaldes mayores y los corregidores, que no percibían un salario de la Corona y obtenían sus ingresos de actividades mercantiles relacionadas con el ejercicio de su cargo (por ejemplo, comerciar con los indios que se encontraban bajo su jurisdicción, proporcionar capital, crédito e instrumentos de trabajo, monopolio económico en su distrito). Estos funcionarios poseían avaladores financieros, quienes eran comerciantes especuladores en las colonias; los avaladores garantizaban los ingresos de alcaldes mayores y corregidores; también abonaban sus gastos. A cambio, los funcionarios forzaban a los indios a tomar préstamos en metálico para cultivar productos exportables o para que consumieran productos adicionales. Los avaladores recibían su capital y los intereses. A este régimen se lo denominaba repartimiento de comercio y estuvo muy extendido en México y Perú. Visto desde una perspectiva general, este sistema implicaba abandonar el control imperial frente a las presiones locales.

[4] En los años buenos, los ingresos proporcionados por las colonias representaban el 20 % de los ingresos totales del erario español. Estos ingresos cayeron casi a cero durante la guerra con Inglaterra (1796-1802 y 1804-1808).

[5] Hay que tener en cuenta que la presión impositiva sobre las colonias se intensificó al compás de las necesidades bélicas españolas: en 1796 el estallido de la guerra con Inglaterra produjo un aumento de las contribuciones; lo mismo sucedió en 1804, cuando se reanudó el conflicto con los ingleses.

[6] La real orden del 28 de noviembre de 1800 prohibió el establecimiento de manufacturas en las colonias. Posteriormente, la real orden del 30 de octubre de 1801 ordenaba a destruir los talleres en las colonias.

[7] La Corona tampoco promovió el comercio intercolonial: “el imperio continuaba siendo una economía integrada, en la a que la metrópoli trataba con una serie de partes separadas a menudo a costa de la totalidad” (p. 14).

[8] El profesor Lynch caracteriza así a las rebeliones acaecidas a lo largo del s. XVIII: “Aunque no eran auténticas revoluciones sociales, pusieron de relieve conflictos sociales velados hasta entonces. Esto es lo que puede verse en la reacción de los dirigentes criollos. Después de haberse implicado en lo que era una simple agitación antifiscal, generalmente veían el peligro de una protesta más violenta desde abajo, dirigida no sólo contra las autoridades administrativas sino también contra todos los opresores. Los criollos entonces se unían a las fueras de la ley y el orden para suprimir a los rebeldes sociales.” (pp. 26-27). Con anterioridad al desarrollo de las RB se produjeron la rebelión de los comuneros de Paraguay (1721-1735) y la de Venezuela (1749-1752); ambas expresaron un incipiente despertar regional y el surgimiento de la conciencia de que los intereses americanos eran diferentes a los de España. Posteriormente se produjeron la revuelta de Quito (1765), protesta urbana y movimiento antifiscal en un área con una industria en decadencia; la rebelión de Nueva Granada (1781), movimiento antifiscal y contra los funcionarios españoles, que involucró la participación de los elementos populares, pronto controlado por la elite criolla de propietarios y funcionarios. El acuerdo de Zapaquira (8 de junio de 1781) selló el acuerdo entre los comuneros (los rebeldes) y la elite de Bogotá. Se realizaron concesiones a los rebeldes (reducción de impuestos, reformas administrativas, acceso de los americanos a los cargos públicos, mejoras de las condiciones de los indios). Luego, peninsulares y criollos aplastaron a los grupos que continuaron la lucha.

La rebelión más importante fue la del Perú (1780-1782), liderada por José Gabriel Tupac Amaru. Se combinaron una revuelta criolla antifiscal y una revuelta india. El movimiento se radicalizó a tal punto que terminó por provocar la unión de peninsulares y criollos. La rebelión fue aplastada y sus líderes ejecutados.